Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063546)
Corrección de errores de la Resolución de 18 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de concentración parcelaria de "Las Arenas o Dehesa de Guareña", cuya promotora es la Dirección General de Desarrollo Rural, en el término municipal de Guareña (Badajoz). Expte.: IA22/0898.
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NÚMERO 201
Jueves 19 de octubre de 2023
53216
CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 18 de septiembre de 2023,
de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de
impacto ambiental del proyecto de concentración parcelaria de "Las Arenas o
Dehesa de Guareña", cuya promotora es la Dirección General de Desarrollo
Rural, en el término municipal de Guareña (Badajoz). Expte.: IA22/0898.
(2023063546)
Apreciado error en el texto de la Resolución de 18 de septiembre de 2023, de la Dirección
General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto
de concentración parcelaria de “Las Arenas o Dehesa de Guareña”, a ejecutar en el término
municipal de Guareña (Badajoz), publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.º 189, de 2
de octubre, se procede a su oportuna rectificación:
En la página 51605:
Donde dice:
“Resolución de 18 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de concentración parcelaria de “Las Arenas o Dehesa de Guareña”, cuya promotora es la Dirección General
de Desarrollo Rural, en el término municipal de Guareña (Badajoz). Expte.: IA22/0898”.
Debe decir:
“Resolución de 18 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de concentración parcelaria de “Las Arenas o Dehesa de Guareña”, cuya promotora es la Dirección General
de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia, en el término municipal de
Guareña (Badajoz). Expte.: IA22/0898”.
Donde dice:
“La promotora del proyecto es la Dirección General de Desarrollo Rural”.
Debe decir:
“La promotora del proyecto es la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia”.
Donde dice:
“El órgano competente para la autorización de concentraciones parcelarias es la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, según lo dispuesto en la Ley 6/2015, de 24 de marzo, agraria de
Extremadura”.
Jueves 19 de octubre de 2023
53216
CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 18 de septiembre de 2023,
de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de
impacto ambiental del proyecto de concentración parcelaria de "Las Arenas o
Dehesa de Guareña", cuya promotora es la Dirección General de Desarrollo
Rural, en el término municipal de Guareña (Badajoz). Expte.: IA22/0898.
(2023063546)
Apreciado error en el texto de la Resolución de 18 de septiembre de 2023, de la Dirección
General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto
de concentración parcelaria de “Las Arenas o Dehesa de Guareña”, a ejecutar en el término
municipal de Guareña (Badajoz), publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.º 189, de 2
de octubre, se procede a su oportuna rectificación:
En la página 51605:
Donde dice:
“Resolución de 18 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de concentración parcelaria de “Las Arenas o Dehesa de Guareña”, cuya promotora es la Dirección General
de Desarrollo Rural, en el término municipal de Guareña (Badajoz). Expte.: IA22/0898”.
Debe decir:
“Resolución de 18 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de concentración parcelaria de “Las Arenas o Dehesa de Guareña”, cuya promotora es la Dirección General
de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia, en el término municipal de
Guareña (Badajoz). Expte.: IA22/0898”.
Donde dice:
“La promotora del proyecto es la Dirección General de Desarrollo Rural”.
Debe decir:
“La promotora del proyecto es la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia”.
Donde dice:
“El órgano competente para la autorización de concentraciones parcelarias es la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, según lo dispuesto en la Ley 6/2015, de 24 de marzo, agraria de
Extremadura”.