Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Concurso De Traslados. (2023063478)
Resolución de 6 de octubre de 2023, de la Consejera, por la que se dispone la publicación de la relación definitiva de adjudicatarios de la convocatoria para la provisión de puestos de trabajo vacantes de personal laboral de la Junta de Extremadura, por el procedimiento de turno de traslado, limitado a las categorías profesionales de Bombero/a Forestal Coordinador/a y de Bombero/a Forestal Conductor/a integradas dentro del Plan Infoex, efectuada por Orden de 16 de mayo de 2023.
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NÚMERO 199
52728
Martes 17 de octubre de 2023
personas adjudicatarias, los cuales irán acompasados temporalmente con los derivados de
la resolución de los procesos de estabilización contemplados por la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público,
pudiendo establecerse fechas concretas para lo anterior visto que concurren razones justificadas de índole organizativo según previene la referida base Séptima en su apartado tercero.
Cuarto. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán
interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la titular de la Consejería de
Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de
su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo establecido en el artículo 123
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante
el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo dispuesto en
el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía
contencioso-administrativa la presente resolución hasta que se haya resulto expresamente o
se haya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en
su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 6 de octubre de 2023.
La Consejera de Hacienda y
Administración Pública,
ELENA MANZANO SILVA
52728
Martes 17 de octubre de 2023
personas adjudicatarias, los cuales irán acompasados temporalmente con los derivados de
la resolución de los procesos de estabilización contemplados por la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público,
pudiendo establecerse fechas concretas para lo anterior visto que concurren razones justificadas de índole organizativo según previene la referida base Séptima en su apartado tercero.
Cuarto. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán
interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la titular de la Consejería de
Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de
su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo establecido en el artículo 123
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante
el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme a lo dispuesto en
el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía
contencioso-administrativa la presente resolución hasta que se haya resulto expresamente o
se haya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en
su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 6 de octubre de 2023.
La Consejera de Hacienda y
Administración Pública,
ELENA MANZANO SILVA