Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Acción Social. Subvenciones. (2023063471)
Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones para la financiación de programas de interés general en la Comunidad Autónoma de Extremadura con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, 2023.
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NÚMERO 199
Martes 17 de octubre de 2023
52825
CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES
RESOLUCIÓN de 25 de septiembre de 2023, de la Secretaría General, por
la que se convocan subvenciones para la financiación de programas de
interés general en la Comunidad Autónoma de Extremadura con cargo a la
asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas, 2023. (2023063471)
El Decreto 188/2018, de 13 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de
subvenciones para la financiación de programas de interés general en la Comunidad Autónoma de Extremadura con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas, establece, en su artículo 2, como finalidad de estas subvenciones la
financiación, total o parcial, de los programas de interés general que desarrollen las entidades del Tercer Sector de Acción Social y Cruz Roja Española en la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
El artículo 4 del citado decreto dispone que el procedimiento de concesión de estas subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica,
en los términos establecidos en los capítulos I y II del título II de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de acuerdo con los
principios de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
El procedimiento para la concesión de estas subvenciones se iniciará de oficio mediante convocatoria aprobada por resolución de la persona titular de la secretaría general de la consejería competente, conforme dispone el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se publicará, junto con su extracto,
en el Diario Oficial de Extremadura. Asimismo, la publicación de la convocatoria se efectuará
en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Portal de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura.
El Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación
y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece que la Consejería de Salud y Servicios Sociales ejercerá
las competencias en materia de sanidad, dependencia y accesibilidad universal, así como las
de infancia y familia, servicios sociales, migraciones, prestaciones sociales y las de consumo.
Mediante Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura corresponde a la Secretaría
General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia la planificación, el desarrollo, la
Martes 17 de octubre de 2023
52825
CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES
RESOLUCIÓN de 25 de septiembre de 2023, de la Secretaría General, por
la que se convocan subvenciones para la financiación de programas de
interés general en la Comunidad Autónoma de Extremadura con cargo a la
asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas, 2023. (2023063471)
El Decreto 188/2018, de 13 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de
subvenciones para la financiación de programas de interés general en la Comunidad Autónoma de Extremadura con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas, establece, en su artículo 2, como finalidad de estas subvenciones la
financiación, total o parcial, de los programas de interés general que desarrollen las entidades del Tercer Sector de Acción Social y Cruz Roja Española en la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
El artículo 4 del citado decreto dispone que el procedimiento de concesión de estas subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica,
en los términos establecidos en los capítulos I y II del título II de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de acuerdo con los
principios de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
El procedimiento para la concesión de estas subvenciones se iniciará de oficio mediante convocatoria aprobada por resolución de la persona titular de la secretaría general de la consejería competente, conforme dispone el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se publicará, junto con su extracto,
en el Diario Oficial de Extremadura. Asimismo, la publicación de la convocatoria se efectuará
en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Portal de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura.
El Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación
y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece que la Consejería de Salud y Servicios Sociales ejercerá
las competencias en materia de sanidad, dependencia y accesibilidad universal, así como las
de infancia y familia, servicios sociales, migraciones, prestaciones sociales y las de consumo.
Mediante Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura corresponde a la Secretaría
General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia la planificación, el desarrollo, la