Servicio Extremeño De Salud. Procesos Selectivos. Elección De Plazas. (2023063502)
Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se aprueba la relación de plazas que se ofertan y se establece el procedimiento para la elección de las mismas por los aspirantes que han superado el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Médico/a de Familia de Equipo de Atención Primaria, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 199
Martes 17 de octubre de 2023
52733
Tercero. Estimar de conformidad con lo establecido en la base 12.2 y visto el dictamen
del órgano técnico competente, la solicitud presentada por Verónica Murillo de Llanos
(DNI***6925**), sobre alteración del orden de prelación establecido para la elección de
plaza.
Cuarto. Los aspirantes que han superado el proceso selectivo y acreditado que reúnen los
requisitos exigidos en la convocatoria por encontrarse su puntuación dentro del número total
de plazas ofertadas, incluido aquellos aspirantes que de acuerdo con la base 11.2 fueron obligados adicionalmente a presentar la documentación acreditativa de tales requisitos, deberán
cumplimentar la elección de plazas electrónicamente a través del Portal de Selección de Personal del Servicio Extremeño de Salud (https://saludextremadura.ses.es/seleccionpersonal/),
siguiendo las instrucciones que para su cumplimentación figuran en el anexo II.
En el formulario de elección de plazas generado, deberá aparecer relacionadas por orden de
preferencia las plazas solicitadas con expresión literal de los códigos consignados en cada
plaza o código de los centros hospitalarios en su caso. El formulario generado, firmado digitalmente y registrado electrónicamente servirá a todos efectos como justificante de su presentación en tiempo y forma.
No se aceptarán elecciones de plazas realizadas en papel, siendo exclusivamente válidas las
gestionadas telemáticamente y en soporte digital a través de la herramienta web indicada
anteriormente.
Los aspirantes, deberán cumplimentar la elección de plazas en el plazo de diez días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de
Extremadura. Durante este plazo de presentación, los aspirantes podrán desistir o modificar
su elección cuantas veces quieran con la presentación de un nuevo formulario de elección de
plazas, que anulará totalmente el anterior/es. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá modificación alguna en la relación de plazas solicitadas.
Quinto. La adjudicación de plazas se realizará atendiendo al orden de puntuación total obtenido en el proceso selectivo y el orden de prelación de plazas manifestado en el formulario de
elección. Todo ello, sin perjuicio de la preferencia para cubrir las plazas de aquellos aspirantes
del turno de discapacidad conforme a lo previsto en el artículo 11.2 del Decreto 111/2017, de
18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público
de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los
empleados públicos con discapacidad.
El orden de elección de plazas por los aspirantes es el que se refleja en el anexo III de esta
resolución.
Martes 17 de octubre de 2023
52733
Tercero. Estimar de conformidad con lo establecido en la base 12.2 y visto el dictamen
del órgano técnico competente, la solicitud presentada por Verónica Murillo de Llanos
(DNI***6925**), sobre alteración del orden de prelación establecido para la elección de
plaza.
Cuarto. Los aspirantes que han superado el proceso selectivo y acreditado que reúnen los
requisitos exigidos en la convocatoria por encontrarse su puntuación dentro del número total
de plazas ofertadas, incluido aquellos aspirantes que de acuerdo con la base 11.2 fueron obligados adicionalmente a presentar la documentación acreditativa de tales requisitos, deberán
cumplimentar la elección de plazas electrónicamente a través del Portal de Selección de Personal del Servicio Extremeño de Salud (https://saludextremadura.ses.es/seleccionpersonal/),
siguiendo las instrucciones que para su cumplimentación figuran en el anexo II.
En el formulario de elección de plazas generado, deberá aparecer relacionadas por orden de
preferencia las plazas solicitadas con expresión literal de los códigos consignados en cada
plaza o código de los centros hospitalarios en su caso. El formulario generado, firmado digitalmente y registrado electrónicamente servirá a todos efectos como justificante de su presentación en tiempo y forma.
No se aceptarán elecciones de plazas realizadas en papel, siendo exclusivamente válidas las
gestionadas telemáticamente y en soporte digital a través de la herramienta web indicada
anteriormente.
Los aspirantes, deberán cumplimentar la elección de plazas en el plazo de diez días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de
Extremadura. Durante este plazo de presentación, los aspirantes podrán desistir o modificar
su elección cuantas veces quieran con la presentación de un nuevo formulario de elección de
plazas, que anulará totalmente el anterior/es. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá modificación alguna en la relación de plazas solicitadas.
Quinto. La adjudicación de plazas se realizará atendiendo al orden de puntuación total obtenido en el proceso selectivo y el orden de prelación de plazas manifestado en el formulario de
elección. Todo ello, sin perjuicio de la preferencia para cubrir las plazas de aquellos aspirantes
del turno de discapacidad conforme a lo previsto en el artículo 11.2 del Decreto 111/2017, de
18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público
de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los
empleados públicos con discapacidad.
El orden de elección de plazas por los aspirantes es el que se refleja en el anexo III de esta
resolución.