Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Subastas. (2023081471)
Anuncio de 9 de octubre de 2023 por el que se da publicidad a la enajenación de ganado porcino raza Duroc.
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NÚMERO 199
Martes 17 de octubre de 2023
52906
5. Requisitos de los concurrentes:
A) Estar en posesión del documento oficial de identidad o número de identificación fiscal.
En caso de actuar mediante representación, se deberá presentar en el acto de subasta
el documento original de la autorización de la representación.
B) En caso de persona jurídica, deberá aportar junto con la solicitud copia de Escrituras o documento de constitución cuando participe por primera vez o en caso de modificación de datos.
C) La explotación deberá estar inscrita y actualizada en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) establecido y regulado por el Real Decreto 479/2004, de 26 de
marzo, circunstancia que se confirmará en la declaración responsable (documento A o
documento B) y se comprobará de oficio para las explotaciones de Extremadura, salvo
que conste su oposición en cuyo caso deberá aportar el libro de registro actualizado.
D) L
as explotaciones destinatarias deberán poseer la calificación sanitaria de Indemnes de
la Enfermedad de Aujeszky (A3), conforme al Real Decreto 360/2009, de 23 de marzo,
por el que se establecen las bases del programa coordinado de lucha, control y erradicación de la enfermedad de Aujeszky; y no estarán calificadas de PRRS, ni podrán pertenecer a la clasificación de cebo, transición de lechones o autoconsumo, conforme al artículo
8 (anexo VI) del Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa
básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo, y dispondrán de
la capacidad suficiente para recepcionar los animales que pretenda enajenar. El cumplimiento de este requisito se confirmará en la declaración responsable (Documento A, o
Documento B) y se comprobará de oficio en las explotaciones de Extremadura, salvo que
conste su oposición expresa en cuyo caso deberá aportar el libro de registro actualizado
y certificación de la clasificación zootecnica y calificación sanitaria.
Para tomar parte en la subasta no será necesario constituir garantía provisional en base al artículo 106 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y
de la Ley 2/2008, de 16 de junio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
6. Forma de adjudicación:
La adjudicación se efectuará por subasta, la cual versará sobre un tipo expresado en dinero, a
cuyo efecto la Mesa de Enajenación acordará la adjudicación al licitador que, sin ofertar un precio inferior al de valoración mínima de salida que especifica el anexo I de este anuncio, oferte
el precio más alto. Un mismo licitador puede pujar y adquirir varios lotes en la misma subasta.
La subasta, que tendrá el carácter de acto público, se llevará a cabo mediante el sistema
de puja a la llana, en tramos mínimos de 50 euros.
Martes 17 de octubre de 2023
52906
5. Requisitos de los concurrentes:
A) Estar en posesión del documento oficial de identidad o número de identificación fiscal.
En caso de actuar mediante representación, se deberá presentar en el acto de subasta
el documento original de la autorización de la representación.
B) En caso de persona jurídica, deberá aportar junto con la solicitud copia de Escrituras o documento de constitución cuando participe por primera vez o en caso de modificación de datos.
C) La explotación deberá estar inscrita y actualizada en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) establecido y regulado por el Real Decreto 479/2004, de 26 de
marzo, circunstancia que se confirmará en la declaración responsable (documento A o
documento B) y se comprobará de oficio para las explotaciones de Extremadura, salvo
que conste su oposición en cuyo caso deberá aportar el libro de registro actualizado.
D) L
as explotaciones destinatarias deberán poseer la calificación sanitaria de Indemnes de
la Enfermedad de Aujeszky (A3), conforme al Real Decreto 360/2009, de 23 de marzo,
por el que se establecen las bases del programa coordinado de lucha, control y erradicación de la enfermedad de Aujeszky; y no estarán calificadas de PRRS, ni podrán pertenecer a la clasificación de cebo, transición de lechones o autoconsumo, conforme al artículo
8 (anexo VI) del Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa
básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo, y dispondrán de
la capacidad suficiente para recepcionar los animales que pretenda enajenar. El cumplimiento de este requisito se confirmará en la declaración responsable (Documento A, o
Documento B) y se comprobará de oficio en las explotaciones de Extremadura, salvo que
conste su oposición expresa en cuyo caso deberá aportar el libro de registro actualizado
y certificación de la clasificación zootecnica y calificación sanitaria.
Para tomar parte en la subasta no será necesario constituir garantía provisional en base al artículo 106 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y
de la Ley 2/2008, de 16 de junio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
6. Forma de adjudicación:
La adjudicación se efectuará por subasta, la cual versará sobre un tipo expresado en dinero, a
cuyo efecto la Mesa de Enajenación acordará la adjudicación al licitador que, sin ofertar un precio inferior al de valoración mínima de salida que especifica el anexo I de este anuncio, oferte
el precio más alto. Un mismo licitador puede pujar y adquirir varios lotes en la misma subasta.
La subasta, que tendrá el carácter de acto público, se llevará a cabo mediante el sistema
de puja a la llana, en tramos mínimos de 50 euros.