Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Residencias No Universitarias. (2023063297)
Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se hace pública la concesión de plazas en residencias escolares de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el alumnado matriculado en centros públicos para el curso 2023/2024.
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NÚMERO 196
52462
Miércoles 11 de octubre de 2023
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
RESOLUCIÓN de 25 de septiembre de 2023, de la Dirección General del Ente
Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se
hace pública la concesión de plazas en residencias escolares de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el alumnado matriculado en centros públicos
para el curso 2023/2024. (2023063297)
Por Resolución de 22 de septiembre de 2023, de la Presidencia del Ente Público Extremeño de
Servicios Educativos Complementarios, se resuelve la convocatoria de plazas en residencias
escolares de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el alumnado matriculado en centros públicos para el curso 2023/2024.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.6 de la Orden de 26 de mayo de 2023, por la
que se convocan plazas en residencias escolares de la Comunidad Autónoma de Extremadura
para el alumnado matriculado en centros públicos en el curso 2023/2024 (DOE n.º 104, de 1
de junio de 2023),
RESUELVO:
Hacer público en el Diario Oficial de Extremadura que las listas que contienen la relación de
plazas concedidas y denegadas en residencias escolares se encuentran expuestas en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de Educación, sin perjuicio de la notificación individual a los interesados.
Contra la referida resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado desde el
día siguiente al de su notificación, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
O bien podrá interponerse, directamente, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, el correspondiente recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Mérida. Todo ello, sin perjuicio de que la parte interesada pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 25 de septiembre de 2023.
El Director General del Ente Público
Extremeño de Servicios Educativos
Complementarios,
EDUARDO VILLAVERDE TORRECILLA
52462
Miércoles 11 de octubre de 2023
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
RESOLUCIÓN de 25 de septiembre de 2023, de la Dirección General del Ente
Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se
hace pública la concesión de plazas en residencias escolares de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el alumnado matriculado en centros públicos
para el curso 2023/2024. (2023063297)
Por Resolución de 22 de septiembre de 2023, de la Presidencia del Ente Público Extremeño de
Servicios Educativos Complementarios, se resuelve la convocatoria de plazas en residencias
escolares de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el alumnado matriculado en centros públicos para el curso 2023/2024.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.6 de la Orden de 26 de mayo de 2023, por la
que se convocan plazas en residencias escolares de la Comunidad Autónoma de Extremadura
para el alumnado matriculado en centros públicos en el curso 2023/2024 (DOE n.º 104, de 1
de junio de 2023),
RESUELVO:
Hacer público en el Diario Oficial de Extremadura que las listas que contienen la relación de
plazas concedidas y denegadas en residencias escolares se encuentran expuestas en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de Educación, sin perjuicio de la notificación individual a los interesados.
Contra la referida resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado desde el
día siguiente al de su notificación, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
O bien podrá interponerse, directamente, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, el correspondiente recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Mérida. Todo ello, sin perjuicio de que la parte interesada pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 25 de septiembre de 2023.
El Director General del Ente Público
Extremeño de Servicios Educativos
Complementarios,
EDUARDO VILLAVERDE TORRECILLA