Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Centros Docentes Públicos. Directores. (2023050178)
Orden de 27 de septiembre de 2023 por la que se convoca el procedimiento de evaluación de la función directiva en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 194

52186

Lunes 9 de octubre de 2023

cese y renovación de directores y directoras; así como el proceso de evaluación de la función
directiva en los centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. En su artículo 23 dispone que la Secretaría General de Educación,
a través del Servicio de Plurilingüismo, Evaluación y Estadística, será el órgano responsable
de realizar la evaluación de la función directiva en coordinación con la Inspección de Educación de las Delegaciones Provinciales de Educación. Así mismo, en el apartado 5 de su artículo
21 se establece la evaluación positiva del trabajo desarrollado, al final del mandato de cuatro
años, como un requisito imprescindible para la renovación del cargo de los directores y directoras que deseen continuar en el ejercicio del mismo.
Mediante el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, se modifican la denominación
y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
De conformidad con el artículo segundo del citado decreto, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura ejercerá las competencias en materia
de política educativa y formación profesional, las de política universitaria y las de ciencia,
tecnología e innovación.
Mediante el Decreto 237/2023, de 12 de septiembre, se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
De conformidad con su artículo tercero, a la Secretaría General de Educación y Formación Profesional le corresponde el ejercicio de las funciones de dirección, coordinación y supervisión
de todas las materias de educación no universitaria. A nivel de servicios, estará integrada por
entre otras unidades administrativas el Servicio de Plurilingüismo, Evaluación, Estadística y
Gestión Administrativa Digital.
De conformidad con lo anterior, a propuesta de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional y en uso de las competencias que me atribuye el artículo 36 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. La presente orden tiene por objeto convocar el procedimiento de evaluación del desempeño
de la función directiva de los directores y las directoras de centros docentes públicos no
universitarios dependientes de la Comunidad Autónoma de Extremadura.