Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023063362)
Resolución de 26 de septiembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y Organización de Productos de Frutas y Hortalizas Frugalia, SL, para el ciclo formativo de Formación Profesional Básica en Actividades agropecuarias del IES Lacimurga Constantia Iulia de Navalvillar de Pela.
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NÚMERO 193

52077

Viernes 6 de octubre de 2023

CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE LA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL Y
ORGANIZACIÓN DE PRODUCTOS DE FRUTAS Y HORTALIZAS FRUGALIA,
SL, PARA EL CICLO FORMATIVO DE FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA EN
ACTIVIDADES AGROPECUARIAS DEL IES LACIMURGA CONSTANTIA IULIA
DE NAVALVILLAR DE PELA
Mérida, 20 de septiembre de 2023.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, don Francisco Eugenio Pozo Pitel, cargo para el
que fue nombrado por Decreto 99/2023, de 28 de julio (DOE núm. 146, de 31 de julio), en
virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 9 de agosto de 2023, de la Consejera (DOE núm. 156, de 14 de agosto), en representación de la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional.
Y de otra, la empresa Organización de Productos de Frutas y Hortalizas Frugalia, SL, con CIF
B06341333 y domicilio en Ctra. Santa Amalia-Valdivia, 34,2, código postal 06712 Zurbarán,
Badajoz, con teléfono de contacto _____, correo electrónico _____ y Doña María Dolores Samino Cortés, como representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Q
 ue el objetivo del presente Convenio es la colaboración entre las entidades a las que representan para el desarrollo de un proyecto de Formación Profesional Dual en el sistema
educativo.
2. Q
 ue el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
3. Q
 ue el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la Formación Profesional
Dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación Profesional Dual del sistema educativo, el marco para el desarrollo de proyectos de Formación Profesional Dual en el sistema
educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.