Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energías Renovables. Subvenciones. (2023040346)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la modificación de la distribución de créditos correspondientes al "Programa de incentivos 1: realización de instalaciones de energías renovables térmicas en los sectores industrial, agropecuario, servicios y/u otros sectores de la economía, incluyendo el sector residencial", convocado por el Decreto 23/2023, de 22 de marzo, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de los programas de incentivos ligados para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 192
Jueves 5 de octubre de 2023
51958
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/74000.
— Anualidad 2023: 0,00 euros.
— Anualidad 2024: 34.000,00 euros.
— Anualidad 2025: 34.000,00 euros.
— Anualidad 2026: 0,00 euros.
Total: 68.000,00 euros.
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/76000.
— Anualidad 2023: 0,00 euros.
— Anualidad 2024: 5.000,00 euros.
— Anualidad 2025: 5.000,00 euros.
— Anualidad 2026: 0,00 euros.
Total: 10.000,00 euros.
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/77000.
— Anualidad 2023: 81.504,00 euros.
— Anualidad 2024: 1.018.799,84 euros.
— Anualidad 2025: 815.039,88 euros.
— Anualidad 2026: 122.255,98 euros.
Total: 2.037.599,70 euros.
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/78000.
— Anualidad 2023: 0,00 euros.
— Anualidad 2024: 15.000,00 euros.
— Anualidad 2025: 15.000,00 euros.
— Anualidad 2026: 0,00 euros.
Total: 30.000,00 euros.
Totales: 81.504,00 euros; 1.090.799,84 euros; 887.039,88 euros; 122.255,98 euros;
2.181.599,70 euros.
Estableciéndose también en citada disposición que “Los créditos iniciales asignados en la
convocatoria a cada aplicación presupuestaria dentro de un mismo proyecto de gasto, podrán
ser reasignados en cualquier momento, tanto entre artículos como entre conceptos y ejercicios presupuestarios, con la finalidad de atender a las solicitudes que reúnan los requisitos
en plazo y siempre que exista crédito presupuestario para ello, conforme lo establecido en el
artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Jueves 5 de octubre de 2023
51958
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/74000.
— Anualidad 2023: 0,00 euros.
— Anualidad 2024: 34.000,00 euros.
— Anualidad 2025: 34.000,00 euros.
— Anualidad 2026: 0,00 euros.
Total: 68.000,00 euros.
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/76000.
— Anualidad 2023: 0,00 euros.
— Anualidad 2024: 5.000,00 euros.
— Anualidad 2025: 5.000,00 euros.
— Anualidad 2026: 0,00 euros.
Total: 10.000,00 euros.
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/77000.
— Anualidad 2023: 81.504,00 euros.
— Anualidad 2024: 1.018.799,84 euros.
— Anualidad 2025: 815.039,88 euros.
— Anualidad 2026: 122.255,98 euros.
Total: 2.037.599,70 euros.
— Centro gestor: 180020000.
— Posición Presupuestaria: G/333A/78000.
— Anualidad 2023: 0,00 euros.
— Anualidad 2024: 15.000,00 euros.
— Anualidad 2025: 15.000,00 euros.
— Anualidad 2026: 0,00 euros.
Total: 30.000,00 euros.
Totales: 81.504,00 euros; 1.090.799,84 euros; 887.039,88 euros; 122.255,98 euros;
2.181.599,70 euros.
Estableciéndose también en citada disposición que “Los créditos iniciales asignados en la
convocatoria a cada aplicación presupuestaria dentro de un mismo proyecto de gasto, podrán
ser reasignados en cualquier momento, tanto entre artículos como entre conceptos y ejercicios presupuestarios, con la finalidad de atender a las solicitudes que reúnan los requisitos
en plazo y siempre que exista crédito presupuestario para ello, conforme lo establecido en el
artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.