Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Funcionarios De Administración Local. (2023063293)
Resolución de 20 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Administración Local, por la que se clasifica el puesto de Secretaría, reservado a funcionarios de la Escala de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en la Mancomunidad Integral de municipios "Río Bodión".
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NÚMERO 189

51521

Lunes 2 de octubre de 2023

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, en virtud de lo dispuesto por
el artículo 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, podrán interponerse, en los términos que se indican,
los recursos siguientes:
Los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas, podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente, con arreglo a
lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, interponer directamente
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo correspondiente, en los términos de lo dispuesto en los artículos 8 y 14 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos
meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada,
conforme al artículo 46.1 de la citada ley. En caso de interponer recurso de reposición, no
se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente resolución, hasta que se
haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses, bien ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en cuya circunscripción tengan su sede, bien ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Mérida,
sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previsto en la forma y plazo determinados
en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente al de la publicación de la
presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 20 de septiembre de 2023.
El Director General de Administración
Local,
PEDRO ROMERO GÓMEZ