Servicio Extremeño Público De Empleo. Empleo. Subvenciones. (2023063264)
Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Secretaría General, de concesión directa de subvención a la Fundación Laboral de la Construcción de Extremadura para financiar la impartición de varias acciones de formación profesional para el empleo en las familias profesionales de edificación y obra civil, instalación y mantenimiento, fabricación mecánica, transporte y mantenimiento de vehículos, energía y agua, electricidad y electrónica, comercio y marketing, seguridad y medio ambiente, servicios socioculturales y a la comunidad.
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 188
Viernes 29 de septiembre de 2023
51404
otro, persigue incrementar la inserción del alumnado en dicha formación donde 6 de cada 10
personas encuentre trabajo una vez finalizada su participación.
La Fundación pretende llevar a cabo actuaciones formativas de las familias profesionales de
edificación y obra civil, instalación y mantenimiento, fabricación mecánica, transporte y mantenimiento de vehículos, energía y agua, electricidad y electrónica, comercio y marketing,
seguridad y medio ambiente, servicios socioculturales y a la comunidad, mediante las cuales
se pretende lograr una óptima cualificación y recualificación de personas trabajadoras en el
sector de la construcción, que coloque a dicho colectivo en una situación que permita satisfacer la demanda de formación en oficios relacionados con el mismo, en el tiempo actual y en
pleno proceso de reactivación de la economía.
Por lo tanto, teniendo en cuenta las circunstancias expuestas, la naturaleza de la intervención,
las especiales singularidades que presenta la actividad a subvencionar y las características del
beneficiario, se justifica la concesión directa de la subvención por concurrir en este caso las
razones de interés público, social y económico conforme a lo dispuesto en el artículo 22.4.c)
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, en conexión con el artículo 32.1.a) del mismo texto legal,
que habilitan para conceder de forma directa las subvenciones por razones que dificulten su
convocatoria cuando, por razón de la especial naturaleza de la actividad a subvencionar, o
las especiales características del perceptor, no sea posible promover la concurrencia pública y
siempre que se trate de entidades públicas o entidades privadas sin fines de lucro.
Por todo ello, habiéndose acreditado en el expediente el cumplimiento de los requisitos que
justifican la concesión directa de la subvención, el Secretario General del SEXPE,
RESUELVE:
Primero. Objeto y finalidad de la subvención.
1. Conceder una subvención directa a la Fundación Laboral de la Construcción para la impartición de varias acciones de formación profesional para el empleo en las familias profesionales de edificación y obra civil, instalación y mantenimiento, fabricación mecánica, transporte y mantenimiento de vehículos, energía y agua, electricidad y electrónica, comercio
y marketing, seguridad y medio ambiente, servicios socioculturales y a la comunidad, de
acuerdo con el plan de actuaciones presentado por la entidad y aprobado por el Servicio
Extremeño Público de Empleo, por importe de 1.497.060,00 €.
2. L
a finalidad de la subvención es lograr un uso más eficiente de los recursos públicos y que
permita la cualificación y recualificación de personas trabajadoras en el sector de la construcción que permita satisfacer la demanda de formación en oficios relacionados con el
mismo en el tiempo actual en pleno proceso de reactivación de la economía, de modo que
permita su integración en el mercado laboral.
Viernes 29 de septiembre de 2023
51404
otro, persigue incrementar la inserción del alumnado en dicha formación donde 6 de cada 10
personas encuentre trabajo una vez finalizada su participación.
La Fundación pretende llevar a cabo actuaciones formativas de las familias profesionales de
edificación y obra civil, instalación y mantenimiento, fabricación mecánica, transporte y mantenimiento de vehículos, energía y agua, electricidad y electrónica, comercio y marketing,
seguridad y medio ambiente, servicios socioculturales y a la comunidad, mediante las cuales
se pretende lograr una óptima cualificación y recualificación de personas trabajadoras en el
sector de la construcción, que coloque a dicho colectivo en una situación que permita satisfacer la demanda de formación en oficios relacionados con el mismo, en el tiempo actual y en
pleno proceso de reactivación de la economía.
Por lo tanto, teniendo en cuenta las circunstancias expuestas, la naturaleza de la intervención,
las especiales singularidades que presenta la actividad a subvencionar y las características del
beneficiario, se justifica la concesión directa de la subvención por concurrir en este caso las
razones de interés público, social y económico conforme a lo dispuesto en el artículo 22.4.c)
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, en conexión con el artículo 32.1.a) del mismo texto legal,
que habilitan para conceder de forma directa las subvenciones por razones que dificulten su
convocatoria cuando, por razón de la especial naturaleza de la actividad a subvencionar, o
las especiales características del perceptor, no sea posible promover la concurrencia pública y
siempre que se trate de entidades públicas o entidades privadas sin fines de lucro.
Por todo ello, habiéndose acreditado en el expediente el cumplimiento de los requisitos que
justifican la concesión directa de la subvención, el Secretario General del SEXPE,
RESUELVE:
Primero. Objeto y finalidad de la subvención.
1. Conceder una subvención directa a la Fundación Laboral de la Construcción para la impartición de varias acciones de formación profesional para el empleo en las familias profesionales de edificación y obra civil, instalación y mantenimiento, fabricación mecánica, transporte y mantenimiento de vehículos, energía y agua, electricidad y electrónica, comercio
y marketing, seguridad y medio ambiente, servicios socioculturales y a la comunidad, de
acuerdo con el plan de actuaciones presentado por la entidad y aprobado por el Servicio
Extremeño Público de Empleo, por importe de 1.497.060,00 €.
2. L
a finalidad de la subvención es lograr un uso más eficiente de los recursos públicos y que
permita la cualificación y recualificación de personas trabajadoras en el sector de la construcción que permita satisfacer la demanda de formación en oficios relacionados con el
mismo en el tiempo actual en pleno proceso de reactivación de la economía, de modo que
permita su integración en el mercado laboral.