Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023063262)
Resolución de 21 de septiembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Casar de Cáceres para subvencionar en el ejercicio 2022 el desarrollo del Programa de Educación Infantil (0-3 años) en la Escuela Infantil "Zarapico", de dicha localidad.
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NÚMERO 188
Viernes 29 de septiembre de 2023
51368
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO DE LA
JUNTA DE EXTREMADURA Y EL AYUNTAMIENTO DE casar de cáceres PARA
SUBVENCIONAR EN EL EJERCICIO 2022 EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE
EDUCACIÓN INFANTIL (0-3 AÑOS) EN LA ESCUELA INFANTIL “ZARAPICO”,
DE DICHA LOCALIDAD.
Mérida, 6 de octubre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, D. Francisco Javier Amaya Flores, Secretario General de Educación de la Consejería de Educación y Empleo, cargo que ostenta en virtud de nombramiento efectuado por
el Decreto 30/2020, de 2 de julio (DOE n.º 128, de 3 de julio), actuando en el ejercicio de las
competencias que tiene atribuidas por el Decreto 166/2019, de 29 de octubre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo y se modifica el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño
Público de Empleo (DOE núm. 214, de 6 de noviembre) por Resolución de 13 de noviembre de
2019, de la Secretaria General, sobre delegación de determinadas competencias y delegación
de firma (DOE núm. 223, de 19 de noviembre).
Y de otra, D. Rafael Pacheco Rubio, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Casar de
Cáceres, con CIF P-1005000-C, en virtud de lo establecido en los artículos 21.b) y 57 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
En el ejercicio de las facultades propias de sus cargos, ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad para obligarse en los términos del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero. El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica
1/2011, de 28 de enero, en su artículo 10.1.4 atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión,
niveles, grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen de organización y
control de los centros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional,
de las actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
Mediante el Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasan las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de enseñanza no universitaria a la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Segundo. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, contempla la educación
infantil como la etapa educativa con identidad propia que atiende a niñas y niños desde el
Viernes 29 de septiembre de 2023
51368
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO DE LA
JUNTA DE EXTREMADURA Y EL AYUNTAMIENTO DE casar de cáceres PARA
SUBVENCIONAR EN EL EJERCICIO 2022 EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE
EDUCACIÓN INFANTIL (0-3 AÑOS) EN LA ESCUELA INFANTIL “ZARAPICO”,
DE DICHA LOCALIDAD.
Mérida, 6 de octubre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, D. Francisco Javier Amaya Flores, Secretario General de Educación de la Consejería de Educación y Empleo, cargo que ostenta en virtud de nombramiento efectuado por
el Decreto 30/2020, de 2 de julio (DOE n.º 128, de 3 de julio), actuando en el ejercicio de las
competencias que tiene atribuidas por el Decreto 166/2019, de 29 de octubre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo y se modifica el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño
Público de Empleo (DOE núm. 214, de 6 de noviembre) por Resolución de 13 de noviembre de
2019, de la Secretaria General, sobre delegación de determinadas competencias y delegación
de firma (DOE núm. 223, de 19 de noviembre).
Y de otra, D. Rafael Pacheco Rubio, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Casar de
Cáceres, con CIF P-1005000-C, en virtud de lo establecido en los artículos 21.b) y 57 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
En el ejercicio de las facultades propias de sus cargos, ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad para obligarse en los términos del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero. El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica
1/2011, de 28 de enero, en su artículo 10.1.4 atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión,
niveles, grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen de organización y
control de los centros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional,
de las actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
Mediante el Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasan las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de enseñanza no universitaria a la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Segundo. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, contempla la educación
infantil como la etapa educativa con identidad propia que atiende a niñas y niños desde el