Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Delegación De Competencias. Delegación De Firma. (2023063267)
Resolución de 20 de septiembre de 2023, de la Consejera, como Presidenta del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX), por la que acuerda la delegación de competencias y de firma en diversas materias.
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NÚMERO 188
Viernes 29 de septiembre de 2023
51357
— La que me confiere el artículo 10.2.h) de los Estatutos del CICYTEX, relativa al nombramiento y cese del personal eventual del CICYTEX.
— La que me confiere el artículo 10.2.i) de los Estatutos del CICYTEX, relativa al nombramiento del personal funcionario interino del CICYTEX.
— La que me confiere el artículo 10.2.j) de los Estatutos del CICYTEX, relativa a la contratación del personal laboral temporal.
b) En materia de convenios y acuerdos de colaboración:
— La que me confiere el artículo 10.2.k) de los Estatutos del CICYTEX, relativa a la
suscripción de convenios de colaboración y acuerdos en nombre del CICYTEX, dentro
del ámbito de sus competencias, por un importe superior a 600.000 euros.
Segundo. Delegar en la persona titular de la Dirección del CICYTEX la firma de:
a) Los actos y resoluciones que sean dictados en el ejercicio de la competencia que me
atribuye el artículo 10.2.g) de los Estatutos del CICYTEX, relativa a la convocatoria y
resolución de los procedimientos de selección y provisión del personal del CICYTEX, así
como la resolución de los posibles recursos que se puedan interponer contra los citados
actos y resoluciones.
b) La resolución de los recursos de alzada que se interpongan contra actos administrativos
dictados por la Dirección del CICYTEX en ejercicio de potestades administrativas.
Tercero. En los casos de ausencia, vacante o enfermedad de la persona titular de la Dirección
del CICYTEX, la delegación corresponderá a la persona titular de la Jefatura de Servicio de
Coordinación de Centros de Investigación del CICYTEX y, en ausencia de ambos, a la persona
titular de la Jefatura de Unidad de Control Económico Financiero del CICYTEX.
Cuarto. La delegación de competencias contenida en la presente resolución será revocable
en cualquier momento por el órgano delegante, quien podrá también avocar para sí el conocimiento de un asunto, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o
territorial lo hagan conveniente, a tenor de lo dispuesto en los artículos 9.6 y 10.1 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinto. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de esta delegación de
competencias se considerarán dictadas por el órgano delegante e indicarán expresamente
esta circunstancia, anteponiéndose a la firma la expresión “por delegación” o su forma usual
de abreviatura, seguida de la fecha de la presente resolución y la del Diario Oficial de Extremadura en que se hubiere publicado.
Viernes 29 de septiembre de 2023
51357
— La que me confiere el artículo 10.2.h) de los Estatutos del CICYTEX, relativa al nombramiento y cese del personal eventual del CICYTEX.
— La que me confiere el artículo 10.2.i) de los Estatutos del CICYTEX, relativa al nombramiento del personal funcionario interino del CICYTEX.
— La que me confiere el artículo 10.2.j) de los Estatutos del CICYTEX, relativa a la contratación del personal laboral temporal.
b) En materia de convenios y acuerdos de colaboración:
— La que me confiere el artículo 10.2.k) de los Estatutos del CICYTEX, relativa a la
suscripción de convenios de colaboración y acuerdos en nombre del CICYTEX, dentro
del ámbito de sus competencias, por un importe superior a 600.000 euros.
Segundo. Delegar en la persona titular de la Dirección del CICYTEX la firma de:
a) Los actos y resoluciones que sean dictados en el ejercicio de la competencia que me
atribuye el artículo 10.2.g) de los Estatutos del CICYTEX, relativa a la convocatoria y
resolución de los procedimientos de selección y provisión del personal del CICYTEX, así
como la resolución de los posibles recursos que se puedan interponer contra los citados
actos y resoluciones.
b) La resolución de los recursos de alzada que se interpongan contra actos administrativos
dictados por la Dirección del CICYTEX en ejercicio de potestades administrativas.
Tercero. En los casos de ausencia, vacante o enfermedad de la persona titular de la Dirección
del CICYTEX, la delegación corresponderá a la persona titular de la Jefatura de Servicio de
Coordinación de Centros de Investigación del CICYTEX y, en ausencia de ambos, a la persona
titular de la Jefatura de Unidad de Control Económico Financiero del CICYTEX.
Cuarto. La delegación de competencias contenida en la presente resolución será revocable
en cualquier momento por el órgano delegante, quien podrá también avocar para sí el conocimiento de un asunto, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o
territorial lo hagan conveniente, a tenor de lo dispuesto en los artículos 9.6 y 10.1 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Quinto. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de esta delegación de
competencias se considerarán dictadas por el órgano delegante e indicarán expresamente
esta circunstancia, anteponiéndose a la firma la expresión “por delegación” o su forma usual
de abreviatura, seguida de la fecha de la presente resolución y la del Diario Oficial de Extremadura en que se hubiere publicado.