Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Subvenciones. (2023063252)
Resolución de 21 de septiembre de 2023, de la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se convocan ayudas destinadas a la financiación del desarrollo de las actividades formativas complementarias en centros privados concertados de Educación Infantil, Primaria y específicos de Educación Especial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso académico 2023/2024.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 187
Jueves 28 de septiembre de 2023

51322

ANEXO I

CENTROS PRIVADOS CONCERTADOS
Actividades
Para todo el ámbito territorial extremeño
Fomento de la lectura (cuenta cuentos, ludoteca, organización de bibliotecas,…)
Estudio dirigido/refuerzo de las destrezas instrumentales
Teatro
Ajedrez
Idioma: Francés
Idioma: Inglés
Idioma: Portugués
Tecnologías de la información y la comunicación
Psicomotricidad
Iniciativa emprendedora
Inteligencia emocional
Plástica - Manualidades
Para localidades con menos de 10.000 habitantes
Educación física y deportiva
Música
Tabla para la determinación del personal a financiar por la Junta de Extremadura para el desarrollo de las actividades formativas
complementarias.
El número de monitores estará en función de los alumnos matriculados en el segundo ciclo de educación infantil y primaria o
educación especial de cada centro, siempre que se cumpla lo establecido en el artículo 5. e) del Decreto 84/2014, de 20 de mayo, y
de acuerdo con los siguientes criterios:
Criterios generales(*):
a) Centros con menos de 10 unidades: 1 monitor.
b) Centros entre 10 y 18 unidades: hasta 2 monitores.
c) Centros entre 19 y 28 unidades: hasta 3 monitores.
d) Centros con más de 28 unidades: hasta 4 monitores.
Criterios específicos:
Para los centros específicos de educación especial, se les asignarán 3 monitores cuando tengan entre 2 y 7 unidades, 5 monitores
cuando tengan entre 8 y 12 unidades, y 6 monitores cuando superen las 12 unidades. No obstante, atendiendo al número de
alumnos asistentes a las actividades formativas complementarias en el primer trimestre del anterior curso escolar 2022/2023 y
siempre que su media mensual supere el 90 por ciento, se asignará 1 monitor más cuando el número de matriculados en las
actividades formativas complementarias sea superior a 30 alumnos y 2 más cuando superen los 40 alumnos.
(*) El número de monitores estará en función de la solicitud del centro y fijándose como máximo el número de monitores que se indica