Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Reservas De La Biosfera. Subvenciones. (2023040337)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la modificación de la distribución de crédito entre las aplicaciones presupuestarias recogidas en el Decreto 136/2022, de 9 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para actuaciones en las Reservas de la Biosfera de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU- Línea 2 "Actuaciones en la Reserva de la Biosfera de Monfragüe".
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NÚMERO 187
Jueves 28 de septiembre de 2023
51227
a entidades de la administración local para gastos en inversiones y 97.854,93 € asociaciones
sin ánimo de lucro para gastos en inversiones.
La distribución de las solicitudes por concepto presupuestario se ha realizado atendiendo a lo
previsto en la Orden de 30 de mayo de 2022 por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año
2023. En este sentido, el apartado primero del extracto de la convocatoria establece que tendrán la condición de beneficiarios, los Ayuntamientos de los municipios incluidos en el ámbito
territorial de las Reservas de la Biosfera, a las asociaciones y ONGs legalmente constituidas
que tengan su domicilio social o fiscal en uno de los municipios que forman parte de alguna
de las Reserva de la Biosfera de Extremadura o que realicen actividades en alguna de las Reservas de la Biosfera, y a las personas autónomas y las entidades empresariales que tengan
la consideración de pequeñas y medianas empresas, que tengan su domicilio social o fiscal
en uno de los municipios que forman parte de alguna de las Reserva de la Biosfera de Extremadura o cuya actividad económica se realice prioritariamente en el territorio de la Reserva.
No obstante lo anterior, por una parte, se ha advertido la omisión en la convocatoria de la
aplicación presupuestaria 18003000/G/354A/47000 del proyecto de gasto 20210419 “OAPN.
Actuaciones en Reservas de la Biosfera” y código fondo MR02C04I02. Sin embargo, en la presente convocatoria se ha constatado la existencia de una solicitud con estas características
que obliga a la realización de una redistribución económica.
Por otra parte, se ha advertido la omisión en la convocatoria de la aplicación presupuestaria
18003000/G/354A/78000 del proyecto de gasto 20210419 “OAPN. Actuaciones en Reservas
de la Biosfera” y código fondo MR02C04I02. Sin embargo, en la presente convocatoria se ha
constatado la existencia de dos solicitudes con estas características que obliga a la realización
de una redistribución económica.
De igual forma, se ha constatado la no existencia de créditos imputados al ejercicio 2025 en
la citada convocatoria, si bien resulta imprescindible imputar gastos a esta anualidad.
Habiéndose constatado que la distribución económica entre aplicaciones presupuestarias no
se ajusta a las necesidades de crédito para efectuar la concesión de ayudas a aquellos solicitantes que reúnen los requisitos para resultar beneficiarios de las subvenciones, se hace
necesario modificar el expediente de gasto.
En este sentido, el apartado octavo de la disposición adicional segunda, relativa a la convocatoria del decreto, establece que la distribución entre aplicaciones presupuestarias es estimativa y podrá ser objeto de modificación de acuerdo con las vinculaciones establecidas en
la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura con el objeto
de atender a las solicitudes por riguroso orden de prelación sin tener en cuenta el tipo de
solicitante.
Jueves 28 de septiembre de 2023
51227
a entidades de la administración local para gastos en inversiones y 97.854,93 € asociaciones
sin ánimo de lucro para gastos en inversiones.
La distribución de las solicitudes por concepto presupuestario se ha realizado atendiendo a lo
previsto en la Orden de 30 de mayo de 2022 por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año
2023. En este sentido, el apartado primero del extracto de la convocatoria establece que tendrán la condición de beneficiarios, los Ayuntamientos de los municipios incluidos en el ámbito
territorial de las Reservas de la Biosfera, a las asociaciones y ONGs legalmente constituidas
que tengan su domicilio social o fiscal en uno de los municipios que forman parte de alguna
de las Reserva de la Biosfera de Extremadura o que realicen actividades en alguna de las Reservas de la Biosfera, y a las personas autónomas y las entidades empresariales que tengan
la consideración de pequeñas y medianas empresas, que tengan su domicilio social o fiscal
en uno de los municipios que forman parte de alguna de las Reserva de la Biosfera de Extremadura o cuya actividad económica se realice prioritariamente en el territorio de la Reserva.
No obstante lo anterior, por una parte, se ha advertido la omisión en la convocatoria de la
aplicación presupuestaria 18003000/G/354A/47000 del proyecto de gasto 20210419 “OAPN.
Actuaciones en Reservas de la Biosfera” y código fondo MR02C04I02. Sin embargo, en la presente convocatoria se ha constatado la existencia de una solicitud con estas características
que obliga a la realización de una redistribución económica.
Por otra parte, se ha advertido la omisión en la convocatoria de la aplicación presupuestaria
18003000/G/354A/78000 del proyecto de gasto 20210419 “OAPN. Actuaciones en Reservas
de la Biosfera” y código fondo MR02C04I02. Sin embargo, en la presente convocatoria se ha
constatado la existencia de dos solicitudes con estas características que obliga a la realización
de una redistribución económica.
De igual forma, se ha constatado la no existencia de créditos imputados al ejercicio 2025 en
la citada convocatoria, si bien resulta imprescindible imputar gastos a esta anualidad.
Habiéndose constatado que la distribución económica entre aplicaciones presupuestarias no
se ajusta a las necesidades de crédito para efectuar la concesión de ayudas a aquellos solicitantes que reúnen los requisitos para resultar beneficiarios de las subvenciones, se hace
necesario modificar el expediente de gasto.
En este sentido, el apartado octavo de la disposición adicional segunda, relativa a la convocatoria del decreto, establece que la distribución entre aplicaciones presupuestarias es estimativa y podrá ser objeto de modificación de acuerdo con las vinculaciones establecidas en
la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura con el objeto
de atender a las solicitudes por riguroso orden de prelación sin tener en cuenta el tipo de
solicitante.