Servicio Extremeño De Salud. Subvenciones. (2023063250)
Resolución de 19 de septiembre de 2023, de la Dirección Gerencia, por la que se da publicidad a la subvención concedida por el Servicio Extremeño de Salud a la Asociación para la Donación de Médula Ósea de Extremadura (ADMO) por la ejecución del proyecto "Servicio de atención al donante del Plan Nacional de Médula Ósea 2022" realizado durante el año 2022, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma.
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NÚMERO 186
Miércoles 27 de septiembre de 2023

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SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2023, de la Dirección Gerencia, por
la que se da publicidad a la subvención concedida por el Servicio Extremeño
de Salud a la Asociación para la Donación de Médula Ósea de Extremadura
(ADMO) por la ejecución del proyecto "Servicio de atención al donante del Plan
Nacional de Médula Ósea 2022" realizado durante el año 2022, de conformidad
con lo dispuesto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma. (2023063250)
El artículo 22.4.c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece la posibilidad de otorgar subvenciones de manera directa,
sin convocatoria previa, cuando con carácter excepcional, se acrediten razones de interés
público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su
convocatoria pública. Por su parte el artículo 32.1.a) de la citada ley contempla entre los supuestos excepcionales de concesión directa aquellos que, por razón de la especial naturaleza
de la actividad a subvencionar, o las especiales características del perceptor, no sea posible
promover la concurrencia pública y siempre que se trate de entidades públicas o entidades
privadas sin fines de lucro. La concesión de estas subvenciones se instrumentará mediante
resolución o convenio.
En aplicación de los citados artículos el Servicio Extremeño de Salud ha resuelto conceder una
subvención a la Asociación para la Donación de Médula Ósea de Extremadura (ADMO) con NIF
G-06260459 por la cantidad de cinco mil trescientos sesenta y dos euros (5.362 €), por la ejecución del proyecto “Servicio de Atención al Donante del Plan Nacional de Médula Ósea 2022”.
Por su parte, el artículo 17 de la citada Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, dispone la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de las subvenciones
concedidas cuando los importes de las mismas, individualmente consideradas, sean de cuantía superior a 3.000 euros, correspondiendo dar la citada publicidad al órgano administrativo
concedente.
Por todo ello, correspondiendo a la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Salud la
resolución de los procedimientos de concesión de subvenciones en virtud de las competencias
atribuidas mediante Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud,