Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Sequías. Ayudas. (2023081333)
Anuncio de 11 de septiembre de 2023 por el que se hace pública la relación provisional de personas beneficiarias de las ayudas directas al sector de los cereales de invierno, contempladas en el Decreto-ley 3/2023, de 17 de mayo, por el que se regulan ayudas temporales excepcionales a titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía.
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NÚMERO 181
Miércoles 20 de septiembre de 2023

50338

ANUNCIO de 11 de septiembre de 2023 por el que se hace pública la relación
provisional de personas beneficiarias de las ayudas directas al sector de
los cereales de invierno, contempladas en el Decreto-ley 3/2023, de 17 de
mayo, por el que se regulan ayudas temporales excepcionales a titulares de
explotaciones agrarias afectadas por la sequía. (2023081333)
El 22 de mayo de 2023 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura el Decreto-ley 3/2023,
de 17 de mayo, por el que se regulan ayudas temporales excepcionales a titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía (DOE n.º 96, de 22 de mayo).
En el capítulo I de este Decreto-ley se aprueba, con carácter extraordinario, la concesión de
una subvención directa a las explotaciones agrícolas del sector de cereales de invierno en
compensación de las pérdidas por la sequía meteorológica en la Comunidad Autónoma de
Extremadura y el incremento de los costes de producción provocados por la guerra de Ucrania
por efecto del aumento del precio de combustibles, piensos y demás insumos.
Conforme al artículo 1.5.b) el procedimiento de concesión de las ayudas se instruirá por
el Servicio de Ayudas Sectoriales de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria
y se concederán de oficio por resolución de la persona titular de la Secretaría General de
esa Consejería.
En virtud de lo dispuesto en este precepto, por el presente anuncio se hace pública la relación
provisional, donde se indican los titulares de explotaciones agrarias, en los que concurren los
requisitos necesarios para la percepción de la ayuda, así como la superficie determinada y
la cuantía de la ayuda a recibir, y en su caso, incidencias detectadas (alta tercero, etc.) para
proceder, por parte de los titulares, a su subsanación.
Dicha relación provisional de personas beneficiarias de esta ayuda al sector de los cereales
de invierno estará a su disposición en el portal web juntaex.es, https://www.juntaex.es/, así
como en la Plataforma Laboreo, https://laboreo.juntaex.es, pudiéndose acceder a esta última
mediante las respectivas claves personalizadas.
La solicitud se considerará realizada de oficio mediante la relación provisional que se hace
pública.
Las personas dispondrán de un plazo de 10 días hábiles a contar desde la publicación del
presente anuncio para:
— Rechazar la ayuda u oponerse a la consulta de sus datos, oposición que tendrá el mismo
efecto que el desistimiento de la ayuda. El rechazo o la declaración de oposición a la
consulta de datos se realizará exclusivamente por medios electrónicos, tal y como se
indica a continuación.