Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Ferias. Ayudas. (2023AC0042)
Acuerdo de 17 de julio de 2023, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la feria ISM Middle East, para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 147
Martes 1 de agosto de 2023
46350
EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU
ACUERDO de 17 de julio de 2023, del Consejero Delegado, por el que se
realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios
Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la feria ISM
Middle East, para el ejercicio 2023. (2023AC0042)
La Orden de 6 de julio de 2023, establece las bases reguladoras de las ayudas para la
participación agrupada en Acciones de Promoción de carácter internacional convocadas por
Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU. Estas ayudas tienen por finalidad
mejorar y ampliar la promoción internacional de los productos y servicios de las pymes
extremeñas, estableciendo un marco favorable para la participación del tejido empresarial
extremeño en las diferentes acciones de promoción de forma agrupada que se desarrollarán
durante los próximos ejercicios.
El procedimiento de concesión de las ayudas previstas, de conformidad con lo previsto en el
artículo 12 de la citada orden, se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, dentro
del límite de disponibilidad presupuestaria.
El órgano competente para la concesión de la ayuda será el Consejero Delegado de Extremadura
Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, y previa autorización de la Secretaría General de
Economía y Comercio de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de
Extremadura.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de la Orden de 6 de julio de 2023, la competencia
para ordenar e instruir el procedimiento de concesión de las ayudas corresponde al apoderado,
o persona con poderes suficientes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
Asimismo, según lo dispuesto en el artículo 17 de la mencionada Orden, la competencia la
concesión de las ayudas, la tiene la persona que ostente el cargo de la Consejería Delegada
de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, a propuesta del apoderado.
La convocatoria se ajusta a lo establecido en el título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme a las Bases Reguladoras
establecidas en la precitada Orden.
En virtud de lo expuesto, en el artículo 13 de la Orden de 6 de julio de 2023, y previa
autorización de la Secretaría General de Economía y Comercio de la Consejería de Economía,
Martes 1 de agosto de 2023
46350
EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU
ACUERDO de 17 de julio de 2023, del Consejero Delegado, por el que se
realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios
Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la feria ISM
Middle East, para el ejercicio 2023. (2023AC0042)
La Orden de 6 de julio de 2023, establece las bases reguladoras de las ayudas para la
participación agrupada en Acciones de Promoción de carácter internacional convocadas por
Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU. Estas ayudas tienen por finalidad
mejorar y ampliar la promoción internacional de los productos y servicios de las pymes
extremeñas, estableciendo un marco favorable para la participación del tejido empresarial
extremeño en las diferentes acciones de promoción de forma agrupada que se desarrollarán
durante los próximos ejercicios.
El procedimiento de concesión de las ayudas previstas, de conformidad con lo previsto en el
artículo 12 de la citada orden, se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, dentro
del límite de disponibilidad presupuestaria.
El órgano competente para la concesión de la ayuda será el Consejero Delegado de Extremadura
Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, y previa autorización de la Secretaría General de
Economía y Comercio de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de
Extremadura.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de la Orden de 6 de julio de 2023, la competencia
para ordenar e instruir el procedimiento de concesión de las ayudas corresponde al apoderado,
o persona con poderes suficientes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
Asimismo, según lo dispuesto en el artículo 17 de la mencionada Orden, la competencia la
concesión de las ayudas, la tiene la persona que ostente el cargo de la Consejería Delegada
de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, a propuesta del apoderado.
La convocatoria se ajusta a lo establecido en el título II de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforme a las Bases Reguladoras
establecidas en la precitada Orden.
En virtud de lo expuesto, en el artículo 13 de la Orden de 6 de julio de 2023, y previa
autorización de la Secretaría General de Economía y Comercio de la Consejería de Economía,