Presidencia De La Junta. Junta De Extremadura. Reestructuración. (2023030016)
Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 140
44634
Viernes 21 de julio de 2023
— La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional ejercerá las competencias
en materia de política educativa y formación profesional, las de política universitaria y
las de ciencia, tecnología e innovación.
— La Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda ejercerá las competencias en
materia de infraestructuras viarias, transporte, ordenación del territorio, urbanismo y
vivienda.
— La Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural ejercerá las competencias en materia de ordenación y gestión forestal, cinegética y piscícola, prevención y extinción de
incendios forestales, infraestructuras del medio rural y regadíos. Así mismo, ejercerá
competencias en materia de fomento y protección en el ámbito de la Tauromaquia, sin
perjuicio de las competencias atribuidas a otras Consejerías en materia de interior y de
patrimonio cultural.
Artículo 3. Competencias de la Presidencia de la Junta de Extremadura.
La Presidencia de la Junta de Extremadura ejercerá las competencias de política de comunicación y relaciones informativas, así como las competencias en materia de mujer, conciliación
e igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI. En el ejercicio de estas competencias, la Presidencia contará con la asistencia técnica y administrativa de la Secretaría
General de la Consejería de Presidencia, Interior y Dialogo Social.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura.
Mérida, 20 de julio de 2023.
La Presidenta de la Junta de
Extremadura,
MARÍA GUARDIOLA MARTÍN
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44634
Viernes 21 de julio de 2023
— La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional ejercerá las competencias
en materia de política educativa y formación profesional, las de política universitaria y
las de ciencia, tecnología e innovación.
— La Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda ejercerá las competencias en
materia de infraestructuras viarias, transporte, ordenación del territorio, urbanismo y
vivienda.
— La Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural ejercerá las competencias en materia de ordenación y gestión forestal, cinegética y piscícola, prevención y extinción de
incendios forestales, infraestructuras del medio rural y regadíos. Así mismo, ejercerá
competencias en materia de fomento y protección en el ámbito de la Tauromaquia, sin
perjuicio de las competencias atribuidas a otras Consejerías en materia de interior y de
patrimonio cultural.
Artículo 3. Competencias de la Presidencia de la Junta de Extremadura.
La Presidencia de la Junta de Extremadura ejercerá las competencias de política de comunicación y relaciones informativas, así como las competencias en materia de mujer, conciliación
e igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI. En el ejercicio de estas competencias, la Presidencia contará con la asistencia técnica y administrativa de la Secretaría
General de la Consejería de Presidencia, Interior y Dialogo Social.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura.
Mérida, 20 de julio de 2023.
La Presidenta de la Junta de
Extremadura,
MARÍA GUARDIOLA MARTÍN
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