Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Almacenamiento Energético. Ayudas. (2023040139)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la redistribución del crédito aprobado para las ayudas convocadas mediante la disposición adicional única del Decreto 146/2022, de 7 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de Proyectos de Investigación Industrial y Desarrollo Experimental realizados en colaboración público-privada por empresas y agentes públicos del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación.
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NÚMERO 133
43201
Miércoles 12 de julio de 2023
Aplicación presupuestaria: 14002331B73200.
Anualidad de 2022: 0,00 €.
Anualidad de 2023: 665.000,00 €.
Anualidad de 2024: 142.500,00 €.
Anualidad de 2025: 142.500,00 €.
Aplicación presupuestaria: 14002331B73900.
Anualidad de 2022: 0,00 €.
Anualidad de 2023: 70.000,00 €.
Anualidad de 2024: 15.000,00 €.
Anualidad de 2025: 15.000,00 €.
TOTALES: Anualidad 2022: 0,00 €; Anualidad 2023: 3.500.000,00 €;
Anualidad 2024: 607.500,00 € y Anualidad 2025: 892.500,00 €.
4. L
a financiación de las ayudas que se regulan en la convocatoria se realizará, siempre que
ello sea posible, con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de Extremadura correspondiente al periodo de programación (2021-2027),
dentro del Objetivo Político 1 “Una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo
una transformación económica innovadora inteligente y una competitividad TIC regional” y
el Objetivo Específico 1.1 “El desarrollo y la mejora de las capacidades de investigación e
innovación y la asimilación de tecnologías avanzadas”. El porcentaje de cofinanciación de
los fondos FEDER es de un 85 %.
5. La cuantía de 5.000.000€ que se aprueba con la convocatoria, podrá aumentarse hasta
en un 20 por ciento o hasta la cuantía que corresponda, cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver la concesión de estas sin necesidad de abrir una nueva
convocatoria de conformidad con el artículo 23.2.h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Mérida, 5 de julio de 2023.
El Secretario General,
MANUEL JIMÉNEZ GARCÍA
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43201
Miércoles 12 de julio de 2023
Aplicación presupuestaria: 14002331B73200.
Anualidad de 2022: 0,00 €.
Anualidad de 2023: 665.000,00 €.
Anualidad de 2024: 142.500,00 €.
Anualidad de 2025: 142.500,00 €.
Aplicación presupuestaria: 14002331B73900.
Anualidad de 2022: 0,00 €.
Anualidad de 2023: 70.000,00 €.
Anualidad de 2024: 15.000,00 €.
Anualidad de 2025: 15.000,00 €.
TOTALES: Anualidad 2022: 0,00 €; Anualidad 2023: 3.500.000,00 €;
Anualidad 2024: 607.500,00 € y Anualidad 2025: 892.500,00 €.
4. L
a financiación de las ayudas que se regulan en la convocatoria se realizará, siempre que
ello sea posible, con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de Extremadura correspondiente al periodo de programación (2021-2027),
dentro del Objetivo Político 1 “Una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo
una transformación económica innovadora inteligente y una competitividad TIC regional” y
el Objetivo Específico 1.1 “El desarrollo y la mejora de las capacidades de investigación e
innovación y la asimilación de tecnologías avanzadas”. El porcentaje de cofinanciación de
los fondos FEDER es de un 85 %.
5. La cuantía de 5.000.000€ que se aprueba con la convocatoria, podrá aumentarse hasta
en un 20 por ciento o hasta la cuantía que corresponda, cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver la concesión de estas sin necesidad de abrir una nueva
convocatoria de conformidad con el artículo 23.2.h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Mérida, 5 de julio de 2023.
El Secretario General,
MANUEL JIMÉNEZ GARCÍA
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