Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Almacenamiento Energético. Ayudas. (2023040139)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la redistribución del crédito aprobado para las ayudas convocadas mediante la disposición adicional única del Decreto 146/2022, de 7 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de Proyectos de Investigación Industrial y Desarrollo Experimental realizados en colaboración público-privada por empresas y agentes públicos del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación.
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NÚMERO 133
Miércoles 12 de julio de 2023

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dentro del Objetivo Político 1 “Una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo
una transformación económica innovadora inteligente y una competitividad TIC regional” y
el Objetivo Específico 1.1 “El desarrollo y la mejora de las capacidades de investigación e
innovación y la asimilación de tecnologías avanzadas”. El porcentaje de cofinanciación de
los fondos FEDER es de un 85 %.
5. La cuantía de 5.000.000€ que se aprueba con la convocatoria, podrá aumentarse hasta
en un 20 por ciento o hasta la cuantía que corresponda, cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver la concesión de estas sin necesidad de abrir una nueva
convocatoria de conformidad con el artículo 23.2 h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Una vez finalizada la instrucción de los expedientes que han concurrido a la convocatoria
y a la vista de los informes que ha emitido el personal técnico del Servicio Instructor, se
acreditan dos circunstancias relevantes:
1ª) El importe de las subvenciones que puede concederse, desagregado por anualidad (anticipo-liquidación) y entidad (empresa o agente público del SECTI) pone de manifiesto
que sólo en la aplicación presupuestaria 1402331B74000 y sólo por lo que se refiere
a la anualidad posterior de 2025, existe un déficit de 30.927,00€ (173.427-142.500),
sobre el importe del crédito aprobó con la convocatoria, para realizar los compromisos
de gasto que serían necesarios.
2ª) Todos los proyectos que han concurrido a la convocatoria tienen un período de ejecución previsto de 24 meses. Por tanto, con la resolución de la convocatoria no será
necesario comprometer el crédito que se aprobó con cargo al ejercicio de 2024.
Por otra parte, la codificación de la clasificación económica correspondiente a las entidades
del sector público de la Comunidad Autónoma de Extremadura ha variado desde la Ley de
Presupuestos de la Comunidad Autónoma para el ejercicio de 2022, a la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para el ejercicio de 2023.
Conforme a lo establecido en el artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura una distribución distinta entre los proyectos y aplicaciones presupuestarias recogidos en la convocatoria inicialmente prevista,
exigirá la modificación previa del expediente de gasto, previo informe, de la Intervención
General, y la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones
de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano al que corresponda la aprobación
de la convocatoria conforme al párrafo primero del artículo 23.1, en el que se recojan de
acuerdo con la modificación producida como quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.