Presidencia De La Junta. Acuerdo Para El Empleo Y La Protección Social Agrarios. Ayudas. (2023062731)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la ampliación de los créditos asignados a la convocatoria de las ayudas a entidades locales para obras o servicios de interés general y social en el ámbito del Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios, aprobada mediante Resolución de 18 de julio de 2022.
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NÚMERO 133
Miércoles 12 de julio de 2023
III
43210
OTRAS RESOLUCIONES
PRESIDENCIA DE LA JUNTA
MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la
ampliación de los créditos asignados a la convocatoria de las ayudas a
entidades locales para obras o servicios de interés general y social en el
ámbito del Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios, aprobada
mediante Resolución de 18 de julio de 2022. (2023062731)
BDNS(Identif.): 641875
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publicó en el Diario Oficial
de Extremadura n.º 150, de 4 de agosto de 2022, el Extracto de la Resolución de 18 de julio
de 2022, del Secretario General de la Presidencia por la que se convocan ayudas a entidades
locales para obras o servicios de interés general y social en el ámbito del Acuerdo para el
Empleo y la Protección Social Agrarios, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de
Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) con la identificación
BDNS (Identif): 641875
El artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que en las convocatorias se determinarán las aplicaciones,
proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas previstas inicialmente para el periodo de
vigencia de la convocatoria.
Los créditos iniciales previstos en el resuelvo decimoquinto de la citada resolución ascendían a
cinco millones cuatrocientos setenta y dos mil trescientos cuarenta euros (5.472.340 €), imputándose al ejercicio 2022, con cargo a la aplicación presupuestaria 020050000 G/115B/76000
FC22000003 y programa de financiación 20090159. La citada convocatoria no prevé crédito
alguno para el ejercicio 2023.
El artículo 39.4 del mismo texto legal indica el procedimiento que debe seguirse en la tramitación presupuestaria para las variaciones que puedan producirse respecto a los proyectos de
gastos o aplicaciones presupuestarias, o cuantías previstas inicialmente en las convocatorias
abiertas por concesión directa. Dicho procedimiento consiste, esencialmente en la modificación del expediente de gasto, previo informe de la Intervención General, y la publicación en el
Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Miércoles 12 de julio de 2023
III
43210
OTRAS RESOLUCIONES
PRESIDENCIA DE LA JUNTA
MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la
ampliación de los créditos asignados a la convocatoria de las ayudas a
entidades locales para obras o servicios de interés general y social en el
ámbito del Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios, aprobada
mediante Resolución de 18 de julio de 2022. (2023062731)
BDNS(Identif.): 641875
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publicó en el Diario Oficial
de Extremadura n.º 150, de 4 de agosto de 2022, el Extracto de la Resolución de 18 de julio
de 2022, del Secretario General de la Presidencia por la que se convocan ayudas a entidades
locales para obras o servicios de interés general y social en el ámbito del Acuerdo para el
Empleo y la Protección Social Agrarios, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de
Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) con la identificación
BDNS (Identif): 641875
El artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que en las convocatorias se determinarán las aplicaciones,
proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas previstas inicialmente para el periodo de
vigencia de la convocatoria.
Los créditos iniciales previstos en el resuelvo decimoquinto de la citada resolución ascendían a
cinco millones cuatrocientos setenta y dos mil trescientos cuarenta euros (5.472.340 €), imputándose al ejercicio 2022, con cargo a la aplicación presupuestaria 020050000 G/115B/76000
FC22000003 y programa de financiación 20090159. La citada convocatoria no prevé crédito
alguno para el ejercicio 2023.
El artículo 39.4 del mismo texto legal indica el procedimiento que debe seguirse en la tramitación presupuestaria para las variaciones que puedan producirse respecto a los proyectos de
gastos o aplicaciones presupuestarias, o cuantías previstas inicialmente en las convocatorias
abiertas por concesión directa. Dicho procedimiento consiste, esencialmente en la modificación del expediente de gasto, previo informe de la Intervención General, y la publicación en el
Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de