Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062621)
Resolución de 30 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y Fundación Trilema para la implantación de acciones de innovación educativa que promuevan hábitos saludables, autorregulación y gestión de emociones en el alumnado de Educación Infantil y Educación Primaria, a través del programa educativo "Fluye".
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NÚMERO 132
43087
Martes 11 de julio de 2023
III. Q
ue en virtud de cuanto antecede, las Partes acuerdan otorgar la presente Adenda al
convenio que se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Definiciones.
Los términos que en esta Adenda aparezcan escritos con inicial mayúscula, y no estén expresamente definidos en la misma, tendrán los significados que a dichos términos se les hubieran
atribuido en el convenio señalado en el expositivo primero anterior.
Segunda. Ampliación de vigencia y Documento de Formulación de Proyecto.
Las Partes acuerdan modificar el alcance del convenio mediante la ampliación de su vigencia
hasta que finalice el curso escolar 2023-2024.
Tercera. Prevalencia de documentos.
Salvo las modificaciones objeto de esta Adenda, las Partes declaran que los términos y condiciones pactados en el convenio se mantienen plenamente vigentes, excepto en aquellos
extremos que se opongan o contradigan expresamente lo que ahora se acuerda en la presente
Adenda, cuyo contenido prevalecerá en caso de discrepancia. La presente Adenda, y sus Anexos, quedan incorporados al Convenio como parte integrante del mismo.
Cuarta. Resolución.
El incumplimiento de cualquiera de los acuerdos establecidos por el presente documento permitirá a las Partes resolver la presente Adenda y podrá ser causa de resolución del convenio,
dando lugar a la indemnización de los daños y perjuicios que correspondan. El incumplimiento
y resolución de la presente Adenda y, en su caso, del convenio, se comunicará a la contraparte
por cualquiera de los medios admitidos en derecho.
Y en prueba de conformidad, ambas Partes firman, por triplicado, el presente documento y a
un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
FUNDACIÓN TRILEMA.
Consejería de Educación y Empleo.
Directora General,
Secretario General.
D.ª CARMEN PELLICER IBORRA
(PD, Resolución de 13 de noviembre de
2019, DOE núm. 223, de 19 de octubre),
D. RUBÉN RUBIO POLO
43087
Martes 11 de julio de 2023
III. Q
ue en virtud de cuanto antecede, las Partes acuerdan otorgar la presente Adenda al
convenio que se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Definiciones.
Los términos que en esta Adenda aparezcan escritos con inicial mayúscula, y no estén expresamente definidos en la misma, tendrán los significados que a dichos términos se les hubieran
atribuido en el convenio señalado en el expositivo primero anterior.
Segunda. Ampliación de vigencia y Documento de Formulación de Proyecto.
Las Partes acuerdan modificar el alcance del convenio mediante la ampliación de su vigencia
hasta que finalice el curso escolar 2023-2024.
Tercera. Prevalencia de documentos.
Salvo las modificaciones objeto de esta Adenda, las Partes declaran que los términos y condiciones pactados en el convenio se mantienen plenamente vigentes, excepto en aquellos
extremos que se opongan o contradigan expresamente lo que ahora se acuerda en la presente
Adenda, cuyo contenido prevalecerá en caso de discrepancia. La presente Adenda, y sus Anexos, quedan incorporados al Convenio como parte integrante del mismo.
Cuarta. Resolución.
El incumplimiento de cualquiera de los acuerdos establecidos por el presente documento permitirá a las Partes resolver la presente Adenda y podrá ser causa de resolución del convenio,
dando lugar a la indemnización de los daños y perjuicios que correspondan. El incumplimiento
y resolución de la presente Adenda y, en su caso, del convenio, se comunicará a la contraparte
por cualquiera de los medios admitidos en derecho.
Y en prueba de conformidad, ambas Partes firman, por triplicado, el presente documento y a
un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
FUNDACIÓN TRILEMA.
Consejería de Educación y Empleo.
Directora General,
Secretario General.
D.ª CARMEN PELLICER IBORRA
(PD, Resolución de 13 de noviembre de
2019, DOE núm. 223, de 19 de octubre),
D. RUBÉN RUBIO POLO