Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023062662)
Resolución de 30 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de balsas de evaporación de efluentes procedentes de la industria del aderezo de aceitunas, cuya promotora es Sociedad Cooperativa Montevirgen, en el término municipal de Aceuchal.
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NÚMERO 132
Martes 11 de julio de 2023

43131

RESOLUCIÓN de 30 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de balsas
de evaporación de efluentes procedentes de la industria del aderezo de
aceitunas, cuya promotora es Sociedad Cooperativa Montevirgen, en el
término municipal de Aceuchal. (2023062662)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 11 de julio de 2017 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU), para la legalización de
cuatro balsas de evaporación de efluentes procedentes la industria del aderezo de aceitunas
ubicado en el término municipal de Aceuchal y promovida por Sociedad Cooperativa Montevirgen, con domicilio social en calle Hermano Rocha, 18, de Villalba de los Barros (Badajoz)
y CIF: F06003305.
Segundo. El proyecto consiste en la legalización de cuatro balsas de evaporación de efluentes
procedentes de la industria del aderezo de aceitunas. Esta actividad está incluida en el ámbito
de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 9.1 del anexo II.
Las balsas de evaporación se ubican en el término municipal de Aceuchal (Badajoz), concretamente en la parcela 421 del polígono 13.
Tercero. El órgano ambiental publica Anuncio de fecha 6 de abril de 2018 en su sede electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tras la modificación introducida en la misma por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración
más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de Sostenibilidad
(DGS) promovió la participación real y efectiva de las personas interesadas, en todo caso de
los vecinos inmediatos con fecha 6 de abril de 2018.
Quinto. Con fecha 6 de abril de 2018, se remite copia del expediente al Ayuntamiento de
Aceuchal, en el que se le indicaba que disponía de un plazo de 20 días desde la recepción del
expediente, para remitir un informe técnico que se pronunciara sobre la adecuación de la instalación a todas aquellas materias de competencia municipal, de conformidad con lo dispuesto