Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Ayudas. (2023062620)
Resolución de 9 de junio de 2023, de la Dirección General de Planificación y Evaluación de Políticas Activas de Empleo, de concesión de ayudas solicitadas al amparo del Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas de los Programas I, II, III y IV (DOE de 14 de febrero de 2023, núm. 31).
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NÚMERO 130
Viernes 7 de julio de 2023
42762
RESOLUCIÓN de 9 de junio de 2023, de la Dirección General de Planificación y
Evaluación de Políticas Activas de Empleo, de concesión de ayudas solicitadas
al amparo del Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen
las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento, consolidación y
modernización del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas de los
Programas I, II, III y IV (DOE de 14 de febrero de 2023, núm. 31). (2023062620)
Vista la propuesta de resolución, se formula resolución en base a los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
Único. Los beneficiarios que se relacionan en el anexo adjunto a la presente resolución, solicitaron subvención por el Programa I. Ayudas al establecimiento de personas desempleadas
como trabajadores autónomas reguladas por el Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, que
establece las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura
y que aprueba la primera convocatoria de las ayudas de los Programas I, II, III y IV, para el
ejercicio 2023-2024.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para resolver el presenta procedimiento corresponde al Director
Gerente del SEXPE a tenor de lo establecido en el artículo 11 del Decreto 168/2022, de 30
de diciembre, si bien, las ha asumido el Secretario General de Empleo, en base al Decreto
87/2019, de 2 de agosto (DOE núm. 150, de 5 de agosto); que ha delegado su ejercicio en el
Director General de Planificación y Evaluación de Políticas Activas de Empleo, por Resolución
del 29 de noviembre de 2019 (DOE núm. 240, de 16 de diciembre).
Segundo. Queda acreditado expresamente que las personas solicitantes reúnen los requisitos exigidos en el Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, en atención a las siguientes circunstancias concurrentes:
— Solicitud instada durante la vigencia de la convocatoria aprobada dentro del plazo establecido en el artículo 9.1 del Decreto 168/2022, de 30 de diciembre.
— A la fecha de alta en RETA o, en su caso en la mutualidad alternativa, las personass
solicitante tenían cumplidos dieciocho años, mantenían la condición de desempleados
inscritos en un Servicio Público de Empleo y sin ocupación efectiva; desarrollan su
Viernes 7 de julio de 2023
42762
RESOLUCIÓN de 9 de junio de 2023, de la Dirección General de Planificación y
Evaluación de Políticas Activas de Empleo, de concesión de ayudas solicitadas
al amparo del Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen
las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento, consolidación y
modernización del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas de los
Programas I, II, III y IV (DOE de 14 de febrero de 2023, núm. 31). (2023062620)
Vista la propuesta de resolución, se formula resolución en base a los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
Único. Los beneficiarios que se relacionan en el anexo adjunto a la presente resolución, solicitaron subvención por el Programa I. Ayudas al establecimiento de personas desempleadas
como trabajadores autónomas reguladas por el Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, que
establece las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura
y que aprueba la primera convocatoria de las ayudas de los Programas I, II, III y IV, para el
ejercicio 2023-2024.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para resolver el presenta procedimiento corresponde al Director
Gerente del SEXPE a tenor de lo establecido en el artículo 11 del Decreto 168/2022, de 30
de diciembre, si bien, las ha asumido el Secretario General de Empleo, en base al Decreto
87/2019, de 2 de agosto (DOE núm. 150, de 5 de agosto); que ha delegado su ejercicio en el
Director General de Planificación y Evaluación de Políticas Activas de Empleo, por Resolución
del 29 de noviembre de 2019 (DOE núm. 240, de 16 de diciembre).
Segundo. Queda acreditado expresamente que las personas solicitantes reúnen los requisitos exigidos en el Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, en atención a las siguientes circunstancias concurrentes:
— Solicitud instada durante la vigencia de la convocatoria aprobada dentro del plazo establecido en el artículo 9.1 del Decreto 168/2022, de 30 de diciembre.
— A la fecha de alta en RETA o, en su caso en la mutualidad alternativa, las personass
solicitante tenían cumplidos dieciocho años, mantenían la condición de desempleados
inscritos en un Servicio Público de Empleo y sin ocupación efectiva; desarrollan su