Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062590)
Resolución de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas subterráneas para puesta en riego de 69,377 hectáreas de viñedo", ubicado en las parcelas 11 y 15 del polígono 97 y las parcelas 2 y 45 del polígono 96, del término municipal de Badajoz (Badajoz), cuyos promotores son D. Juan Manuel y D.ª M.ª Francisca Santiago Becerra. Expte.: IA21/1471.
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NÚMERO 130
Viernes 7 de julio de 2023
42681
RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del
proyecto de "Concesión de aguas subterráneas para puesta en riego de
69,377 hectáreas de viñedo", ubicado en las parcelas 11 y 15 del polígono
97 y las parcelas 2 y 45 del polígono 96, del término municipal de Badajoz
(Badajoz), cuyos promotores son D. Juan Manuel y D.ª M.ª Francisca
Santiago Becerra. Expte.: IA21/1471. (2023062590)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de “Concesión de aguas subterráneas para puesta en riego de 69,377 hectáreas
de viñedo”, ubicado en las parcelas 11 y 15 del polígono 97 y las parcelas 2 y 45 del polígono
96, del término municipal de Badajoz (Badajoz), es encuadrable en el grupo 1, apartado d)
punto 2.º del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el grupo I, apartado c) punto 2.º del anexo II de la Ley
21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental “Proyectos de transformación a regadío
o de avenamiento de terrenos, cuando afecten a una superficie superior a 10 ha (proyectos
no incluidos en los anexo IV o I)”.
Los promotores del proyecto son D. Juan Manuel Santiago Becerra y D.ª M.ª Francisca Santiago Becerra.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Decreto 170/2019, de
29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La autorización administrativa para la concesión de aguas para riego corresponde a la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Por otra parte, a la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Consejería de
Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, le corresponde la planificación de los recursos hidráulicos con interés agrario, dentro del ámbito de
Viernes 7 de julio de 2023
42681
RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del
proyecto de "Concesión de aguas subterráneas para puesta en riego de
69,377 hectáreas de viñedo", ubicado en las parcelas 11 y 15 del polígono
97 y las parcelas 2 y 45 del polígono 96, del término municipal de Badajoz
(Badajoz), cuyos promotores son D. Juan Manuel y D.ª M.ª Francisca
Santiago Becerra. Expte.: IA21/1471. (2023062590)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de “Concesión de aguas subterráneas para puesta en riego de 69,377 hectáreas
de viñedo”, ubicado en las parcelas 11 y 15 del polígono 97 y las parcelas 2 y 45 del polígono
96, del término municipal de Badajoz (Badajoz), es encuadrable en el grupo 1, apartado d)
punto 2.º del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el grupo I, apartado c) punto 2.º del anexo II de la Ley
21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental “Proyectos de transformación a regadío
o de avenamiento de terrenos, cuando afecten a una superficie superior a 10 ha (proyectos
no incluidos en los anexo IV o I)”.
Los promotores del proyecto son D. Juan Manuel Santiago Becerra y D.ª M.ª Francisca Santiago Becerra.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Decreto 170/2019, de
29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La autorización administrativa para la concesión de aguas para riego corresponde a la Confederación Hidrográfica del Guadiana.
Por otra parte, a la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Consejería de
Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, le corresponde la planificación de los recursos hidráulicos con interés agrario, dentro del ámbito de