Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062591)
Resolución de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para puesta en riego de 10,32 hectáreas de viñedo y olivar", cuyo promotor es D. Pedro Delgado Ortiz, en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA21/1774.
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NÚMERO 130
Viernes 7 de julio de 2023

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— Consumo de recursos y cambio climático.
La fase de construcción supondrá un efecto directo, puntual y negativo sobre el cambio
climático, al generarse emisiones durante las diferentes acciones que la conforman.
Tales impactos se producirán a corto plazo y si bien permanecerán de forma temporal,
serán recuperables y reversibles.
Durante la fase de funcionamiento y debido a la implantación del cultivo agrícola, se
generará un impacto positivo y permanente frente al cambio climático, al aumentar la
vegetación fijadora de gases de efecto invernadero.
En cuanto al consumo de recursos, el principal recurso natural consumido como consecuencia de la transformación a regadío pretendida es el agua, alcanzando un consumo
total previsto de 19.096,13 m3/año. Tal y como se indica en el informe emitido por la
Confederación Hidrográfica del Guadiana, se considera compatible con el Plan Hidrológico de cuenca y que existirían recursos hídricos suficientes, estando, en cualquier
caso, como ya se ha expuesto, a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la
tramitación de la solicitud de concesión de aguas subterráneas.
— Medio socioeconómico.
El impacto para este medio es positivo por la generación de empleo y de la actividad
económica. Esto contribuirá a fijar población en el entorno de la explotación, que en
Extremadura tiene una importancia vital.
— Sinergias y efectos acumulativos.
Al tratarse de un proyecto de carácter individual o muy localizado, dentro de una amplia
zona dedicada a los cultivos agrícolas, no se esperan efectos sinérgicos y/o acumulativos como consecuencia de la ejecución y puesta en marcha del proyecto.
Vulnerabilidad del proyecto.
El documento ambiental aporta un análisis de la vulnerabilidad del proyecto frente a riesgos de accidentes graves y catástrofes de conformidad con lo estipulado en la Ley 9/2018,
de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, concluyendo que la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes y
catástrofes es muy baja, tanto por probabilidad de que ocurran como por la baja entidad
del proyecto planteado.
En conclusión, se trata de una actividad que no tiene efectos significativos sobre el medio
ambiente, siempre que se apliquen las medidas recogidas en el apartado 4. “Condiciones