Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2023062458)
Resolución de 15 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se efectúa la segunda convocatoria de las subvenciones públicas destinadas a la Administración Local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
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NÚMERO 130
Viernes 7 de julio de 2023
42614
Cuarto. Procedimiento de concesión.
El procedimiento de concesión es de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica, y se ajustará a lo dispuesto en el artículo 10 de las bases reguladoras establecidas en el
Decreto 152/2021, de 29 de diciembre, y a la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentarán de forma electrónica a través del Registro Electrónico General,
de la SEDE electrónica de la Junta de Extremadura,
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf conforme al anexo II incluido en el Decreto 152/2021, de 29 de diciembre, dirigidas a la Dirección General de Sostenibilidad, de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Administración
Autonómica, conforme a lo establecido en el artículo 3.2, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público. La solicitud deberá ir acompañada de la documentación complementaria a que se hace referencia en el anexo I del Decreto 152/2021, de 29
de diciembre, para cada línea de ayuda, además de la siguiente documentación en formato
electrónico con firma electrónica verificable:
a) Declaración responsable del solicitante que acredite su capacidad para obtener la condición de entidad beneficiaria al no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones
establecidas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Certificación documental que acredite la disponibilidad de crédito adecuado y suficiente
por parte de la Entidad Local, en orden a sufragar la parte no subvencionable de la inversión total necesaria para ejecutar los proyectos.
c) Declaración responsable del solicitante de no haber obtenido o de no estar en condiciones de obtener, ninguna otra ayuda para la ejecución del mismo proyecto.
d) Declaración responsable del solicitante de no haberse realizado las inversiones con anterioridad.
e) D
eclaración responsable, del beneficiario relativa al compromiso de cumplimiento de los
principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto
de gestión, de acuerdo con el modelo previsto en el anexo II del Decreto 152/2021, de
29 de diciembre.
Viernes 7 de julio de 2023
42614
Cuarto. Procedimiento de concesión.
El procedimiento de concesión es de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica, y se ajustará a lo dispuesto en el artículo 10 de las bases reguladoras establecidas en el
Decreto 152/2021, de 29 de diciembre, y a la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentarán de forma electrónica a través del Registro Electrónico General,
de la SEDE electrónica de la Junta de Extremadura,
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf conforme al anexo II incluido en el Decreto 152/2021, de 29 de diciembre, dirigidas a la Dirección General de Sostenibilidad, de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Administración
Autonómica, conforme a lo establecido en el artículo 3.2, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público. La solicitud deberá ir acompañada de la documentación complementaria a que se hace referencia en el anexo I del Decreto 152/2021, de 29
de diciembre, para cada línea de ayuda, además de la siguiente documentación en formato
electrónico con firma electrónica verificable:
a) Declaración responsable del solicitante que acredite su capacidad para obtener la condición de entidad beneficiaria al no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones
establecidas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Certificación documental que acredite la disponibilidad de crédito adecuado y suficiente
por parte de la Entidad Local, en orden a sufragar la parte no subvencionable de la inversión total necesaria para ejecutar los proyectos.
c) Declaración responsable del solicitante de no haber obtenido o de no estar en condiciones de obtener, ninguna otra ayuda para la ejecución del mismo proyecto.
d) Declaración responsable del solicitante de no haberse realizado las inversiones con anterioridad.
e) D
eclaración responsable, del beneficiario relativa al compromiso de cumplimiento de los
principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto
de gestión, de acuerdo con el modelo previsto en el anexo II del Decreto 152/2021, de
29 de diciembre.