Consejería De Educación Y Empleo. Concurso De Méritos. (2023062606)
Resolución de 29 de junio de 2023, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de plazas vacantes de Asesorías de Formación Permanente, en régimen de comisión de servicios, en los Centros de Profesores y de Recursos de Extremadura.
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NÚMERO 129
Jueves 6 de julio de 2023
41880
2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2023, de la Dirección General de Innovación
e Inclusión Educativa, por la que se convoca concurso de méritos para la
provisión de plazas vacantes de Asesorías de Formación Permanente, en
régimen de comisión de servicios, en los Centros de Profesores y de Recursos
de Extremadura. (2023062606)
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el artículo 102 establece que la
formación permanente constituye un derecho y una obligación de todo el profesorado y una
responsabilidad de las Administraciones Educativas y de los propios centros.
La Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, establece en su artículo 158 y
siguientes los fines y las características de la formación permanente para desarrollar el modelo educativo extremeño. Especialmente se enfatiza que las acciones formativas han de tener
una proyección directa en la práctica docente, en la educación del alumnado y en el funcionamiento de los centros para contribuir a la mejora de la calidad educativa.
El Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, sobre traspaso de funciones y servicios de
la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de enseñanza no universitaria, hace referencia a las funciones y servicios de la Administración del
Estado que asume la Comunidad Autónoma de Extremadura, entre los que se encuentran los
Centros de Profesores y de Recursos.
El Decreto 69/2007, de 10 de abril, regula el sistema de formación permanente del profesorado en la Comunidad Autónoma de Extremadura definiendo, en su artículo 6 a), los Centros
de Profesores y de Recursos como instituciones preferentes para la formación permanente del
profesorado de los centros no universitarios sostenidos con fondos públicos. Los Centros de
Profesores y de Recursos están integrados por órganos de gobierno unipersonales y colegiados y dispondrán de una plantilla de Asesorías de Formación Permanente del Profesorado que
conforme al artículo 15 del mencionado decreto serán nombrados en régimen de comisión de
servicios por la Consejería de Educación, previo concurso público de méritos.
El Decreto 166/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Educación y Empleo, en su redacción dada por el Decreto 82/2020, de 29 de
diciembre, señala entre las funciones de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa la ordenación, coordinación y gestión de los Centros de Profesores y Recursos.
Jueves 6 de julio de 2023
41880
2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2023, de la Dirección General de Innovación
e Inclusión Educativa, por la que se convoca concurso de méritos para la
provisión de plazas vacantes de Asesorías de Formación Permanente, en
régimen de comisión de servicios, en los Centros de Profesores y de Recursos
de Extremadura. (2023062606)
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el artículo 102 establece que la
formación permanente constituye un derecho y una obligación de todo el profesorado y una
responsabilidad de las Administraciones Educativas y de los propios centros.
La Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, establece en su artículo 158 y
siguientes los fines y las características de la formación permanente para desarrollar el modelo educativo extremeño. Especialmente se enfatiza que las acciones formativas han de tener
una proyección directa en la práctica docente, en la educación del alumnado y en el funcionamiento de los centros para contribuir a la mejora de la calidad educativa.
El Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, sobre traspaso de funciones y servicios de
la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de enseñanza no universitaria, hace referencia a las funciones y servicios de la Administración del
Estado que asume la Comunidad Autónoma de Extremadura, entre los que se encuentran los
Centros de Profesores y de Recursos.
El Decreto 69/2007, de 10 de abril, regula el sistema de formación permanente del profesorado en la Comunidad Autónoma de Extremadura definiendo, en su artículo 6 a), los Centros
de Profesores y de Recursos como instituciones preferentes para la formación permanente del
profesorado de los centros no universitarios sostenidos con fondos públicos. Los Centros de
Profesores y de Recursos están integrados por órganos de gobierno unipersonales y colegiados y dispondrán de una plantilla de Asesorías de Formación Permanente del Profesorado que
conforme al artículo 15 del mencionado decreto serán nombrados en régimen de comisión de
servicios por la Consejería de Educación, previo concurso público de méritos.
El Decreto 166/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Educación y Empleo, en su redacción dada por el Decreto 82/2020, de 29 de
diciembre, señala entre las funciones de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa la ordenación, coordinación y gestión de los Centros de Profesores y Recursos.