Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023062563)
Resolución de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de centro autorizado de tratamiento de vehículos al final de su vida útil y centro de clasificación y almacenamiento temporal de residuos no peligrosos, promovido por Carburantes Campo Arañuelo, SL, en el término municipal de Navalmoral de la Mata.
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NÚMERO 128

41719

Miércoles 5 de julio de 2023

RESIDUO

ORIGEN

CÓDIGO
LER (1)

CANTIDAD
MÁX.
PREVISTA
(kg/año)

Vehículo al final de
su vida útil que no
contenga líquidos ni
otros componentes
peligrosos

VFU decontaminado

16 01 06

240
vehículos

Metales férreos

Residuos metálicos retirados al objeto
de facilitar el reciclado

16 01 17

5.000

Metales no férreos

Componentes metálicos que contengan
cobre, aluminio y magnesio

16 01 18

150

Plástico

Componentes plásticos de gran tamaño
tales como salpicaderos, parachoques,
etc.

16 01 19

500

Vidrio

Vidrios retirados de los VFU

16 01 20

400

Catalizadores

Catalizadores de los VFU

16 08 01

600

Plástico

Residuos plásticos de oficinas

20 01 29

Esporádico

Mezcla de residuos
municipales

Limpieza de oficinas, vestuarios y aseos

20 03 01

200

(1) L
 ER: Lista Europea de Residuos publicada por la decisión de la Comisión 2014/955/UE. Los residuos cuyos
códigos LER aparecen marcados con un asterisco están considerados como residuos peligrosos.

29. L
 a generación de cualquier otro residuo no mencionado en esta resolución deberá ser
comunicada a la DGS con objeto de evaluarse la gestión más adecuada que deberá llevar
a cabo el titular de la instalación industrial.
30. E
 l titular de la instalación industrial deberá indicar y acreditar a la DGS qué tipo de gestión y qué gestores autorizados o inscritos conforme a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de
residuos y suelos contaminados para una economía circular se harán cargo de los residuos
generados por la actividad, con el fin último de su valorización o eliminación, incluyendo
los residuos asimilables a urbanos. Esta comunicación se deberá efectuar cada vez que se
lleve a cabo un cambio de gestión del residuo o gestor autorizado.
31. E
 l titular de la instalación deberá cumplir con las obligaciones de gestión de residuos correspondientes a los productores de residuos establecidas en la normativa de aplicación
en cada momento.