Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062571)
Resolución de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas subterráneas para riego por goteo de 8,0475 ha de olivar y por aspersión de 2,3642 ha de cereales de invierno, a ejecutar en el polígono 34 parcelas 44, 45, 55 y 56", a ubicar en el término municipal de Castuera, cuya promotora es Piensos y Cereales Ruiz, SL. Expte.: IA21/0359.
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NÚMERO 128
Miércoles 5 de julio de 2023

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RESOLUCIÓN de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Concesión
de aguas subterráneas para riego por goteo de 8,0475 ha de olivar y por
aspersión de 2,3642 ha de cereales de invierno, a ejecutar en el polígono 34
parcelas 44, 45, 55 y 56", a ubicar en el término municipal de Castuera, cuya
promotora es Piensos y Cereales Ruiz, SL. Expte.: IA21/0359. (2023062571)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental
simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no tiene efectos
significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento al procedimiento
de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª de sección 2.ª del
capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
El proyecto de concesión de aguas subterráneas para riego por goteo de 8,0475 ha de olivar
y por aspersión de 2,3642 ha de cereales de invierno a ejecutar en el polígono 34 parcelas
44, 45, 55 y 56, a ubicar en el término municipal de Castuera, cuya promotora es Piensos y
Cereales Ruiz, SL, se encuadra en el grupo 1. “Agricultura, silvicultura, acuicultura y ganadería” epígrafe d) “Proyectos de gestión de recursos hídricos para la agricultura” punto 2.º
“Proyectos de transformación a regadío o de avenamiento de terrenos, cuando afecten a una
superficie superior a 10 ha, no incluidos en el anexo IV” del anexo V de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Decreto 170/2019, de
29 de octubre, modificado por el Decreto 20/2021, de 31 de marzo, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.
El proyecto consiste, en la implantación de 8,0475 ha de olivar por goteo y de 2,3642 ha
de cereales de invierno por aspersión. El abastecimiento será mediante una concesión de
aguas subterráneas.
La superficie a transformar en regadío se corresponde con el polígono 34 parcelas 44, 45,
55 y 56 del término municipal de Castuera. Dichas parcelas, se abastecerán a través de
diez pozos de sondeo situados en la misma zona de la puesta en riego.