Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062569)
Resolución de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de concesión de aguas subterráneas para el riego de 20 ha de viñedo, en el polígono 234 parcela 3 y polígono 235 parcela 2, del término municipal de Badajoz, cuya promotora es Enric Regull, SL. Expte.: IA18/1742.
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NÚMERO 128
Miércoles 5 de julio de 2023
41765
Los valores naturales reconocidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad son:
— Serapias perez-chiscanoi. Catalogado “En peligro de extinción” en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas (Decreto 37/2001, modificado por el 78/2018).
— Dehesas perennifolias de Quercus spp. (código UE 6310).
3.3.2. Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
Parte de la superficie de riego, así como una captación de aguas subterráneas, se
ubicarían en zona de policía del arroyo Bermejo, el cual constituye el DPH del Estado,
definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA).
El agua necesaria para el riego, cuantificada en una demanda anual de 7.512 m3/año
según la documentación aportada por la promotora, proviene de dos pozos, uno de
sondeo y otro tradicional.
3.3.3 Suelo.
Los principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución del
proyecto se producirán como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios para
llevar a cabo la ejecución de las zanjas para instalar la red de riego proyectada y sus elementos auxiliares. Por otro lado, el propio tránsito de maquinaria producirá un efecto de
compactación de los horizontes superficiales del suelo. Es de esperar que estos impactos
no sean de una magnitud elevada, principalmente debido a la poca pendiente que presenta
la zona de actuación. Asimismo, mediante la correcta aplicación de medidas preventivas
y/o correctoras para mitigar estos impactos se reducirá su magnitud de manera aceptable
para el medio edáfico. En cuanto a la fase de explotación, tanto el aporte de nutrientes
mediante la aportación de fertilizantes y fitosanitarios al cultivo, así como la presencia de
una plantación agrícola de carácter permanente, provocarán cambios en las características
físico-químicas de los suelos a largo plazo. Siguiendo las recomendaciones de los manuales
de buenas prácticas agrarias, así como las normas de la condicionalidad establecidas por la
Política Agraria Comunitaria, se estima que estas alteraciones podrían ser compatibles.
3.3.4. Fauna.
No existen datos de la existencia de fauna protegida en las parcelas afectadas por el proyecto.
En el caso de que existieran alguna afección sobre la fauna, mediante la aplicación de las medidas previstas en el informe emitido por parte del Servicio de Conservación de la Naturaleza
y Áreas Protegidas de la DGS, se considera que este impacto será de carácter compatible.
Miércoles 5 de julio de 2023
41765
Los valores naturales reconocidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad son:
— Serapias perez-chiscanoi. Catalogado “En peligro de extinción” en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas (Decreto 37/2001, modificado por el 78/2018).
— Dehesas perennifolias de Quercus spp. (código UE 6310).
3.3.2. Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
Parte de la superficie de riego, así como una captación de aguas subterráneas, se
ubicarían en zona de policía del arroyo Bermejo, el cual constituye el DPH del Estado,
definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA).
El agua necesaria para el riego, cuantificada en una demanda anual de 7.512 m3/año
según la documentación aportada por la promotora, proviene de dos pozos, uno de
sondeo y otro tradicional.
3.3.3 Suelo.
Los principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución del
proyecto se producirán como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios para
llevar a cabo la ejecución de las zanjas para instalar la red de riego proyectada y sus elementos auxiliares. Por otro lado, el propio tránsito de maquinaria producirá un efecto de
compactación de los horizontes superficiales del suelo. Es de esperar que estos impactos
no sean de una magnitud elevada, principalmente debido a la poca pendiente que presenta
la zona de actuación. Asimismo, mediante la correcta aplicación de medidas preventivas
y/o correctoras para mitigar estos impactos se reducirá su magnitud de manera aceptable
para el medio edáfico. En cuanto a la fase de explotación, tanto el aporte de nutrientes
mediante la aportación de fertilizantes y fitosanitarios al cultivo, así como la presencia de
una plantación agrícola de carácter permanente, provocarán cambios en las características
físico-químicas de los suelos a largo plazo. Siguiendo las recomendaciones de los manuales
de buenas prácticas agrarias, así como las normas de la condicionalidad establecidas por la
Política Agraria Comunitaria, se estima que estas alteraciones podrían ser compatibles.
3.3.4. Fauna.
No existen datos de la existencia de fauna protegida en las parcelas afectadas por el proyecto.
En el caso de que existieran alguna afección sobre la fauna, mediante la aplicación de las medidas previstas en el informe emitido por parte del Servicio de Conservación de la Naturaleza
y Áreas Protegidas de la DGS, se considera que este impacto será de carácter compatible.