Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062532)
Resolución de 22 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se instrumenta la concesión de una subvención por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura a Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de implementación de la metodología del Plan Vital de Inclusión Social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 128
Miércoles 5 de julio de 2023

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directa y con carácter excepcional de aquellas subvenciones en las que se acrediten razones
de interés público, social, económico o humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
El artículo 32.1. a) de dicha ley establece que conforme a lo previsto en el precitado artículo
22.4 c), se considerarán como supuesto excepcional de concesión directa cuando, por razón
de la especial naturaleza de la actividad a subvencionar, o las especiales características del
perceptor, no sea posible promover la concurrencia pública y siempre que se trate de entidades públicas o privadas sin fines de lucro.
El apartado 2 del referido artículo 32 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, prevé que la concesión de estas subvenciones se efectuará a solicitud del interesado y se instrumentalizará
mediante resolución o Convenio, previa acreditación en el expediente del cumplimiento de los
requisitos que justifican su concesión directa e informe del servicio jurídico correspondiente
de la consejería. Según dicho apartado, el convenio o resolución deberá recoger, como mínimo, los siguientes extremos: definición del objeto de la subvención, con indicación del carácter singular de la misma, del procedimiento de concesión directa y las razones que acrediten
el interés público, social, económico o humanitario y aquellas que justifican la dificultad de su
convocatoria pública, además del régimen jurídico aplicable a las mismas, la determinación
de los beneficiarios, modalidades de ayudas, procedimiento de concesión y régimen de justificación y pago.
Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres, como organismo oficial de la Iglesia para promover la
acción caritativa en la diócesis de Coria-Cáceres, tiene por objeto la realización de la acción
caritativa y social de la Iglesia en la Diócesis, y entre sus tareas se encuentran la de “desarrollar acciones de acogida y atención directa, a través de proyectos de inclusión social y laboral,
destinados a personas en situación de exclusión social y vulnerabilidad (…)”, conforme se
desprende del artículo 6.3.c) de sus Estatutos.
Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres cuenta con presencia en cada barrio, en cada pueblo,
a través de sus 87 equipos parroquiales, formados por un total de 674 personas, realizando proyectos en atención especializada en familia, personas sin hogar, migración y refugio,
mayores, solidaridad penitenciaria, empleo, economía social, voluntariado, emergencias y
cooperación al desarrollo, sensibilización e incidencia pública, con 1.745 personas participantes y acompañadas, 2.387 personas beneficiarias, 1.634 hogares, 704 personas voluntarias,
320 socios y 352 donantes, 38 personas contratadas y cuenta con una financiación procedentes de fondos públicos (56 %) y fondos privados (44 %), según memoria anual de 2021
(https://www.caritas.es/main-files/uploads/sites/31/2022/06/MEMORIA-FINAL-CARITAS-2021-RED.pdf ).