Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062532)
Resolución de 22 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se instrumenta la concesión de una subvención por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura a Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de implementación de la metodología del Plan Vital de Inclusión Social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 128
41562
Miércoles 5 de julio de 2023
CONVENIO POR EL QUE SE INSTRUMENTA LA CONCESIÓN DE UNA
SUBVENCIÓN POR LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE
LA JUNTA DE EXTREMADURA A CÁRITAS DIOCESANA DE CORIA-CÁCERES
DESTINADA A LA FINANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DE UN PROYECTO DE
IMPLEMENTACIÓN DE LA METODOLOGÍA DEL PLAN VITAL DE INCLUSIÓN
SOCIAL EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y
RESILIENCIA
Mérida, 27 de mayo de 2023.
INTERVIENEN
De una parte, doña Carmen Núñez Cumplido, Directora General de Servicios Sociales, Infancia y Familias de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura,
cargo para el que fue nombrada por Decreto 100/2019, de 2 de agosto (DOE núm. 151, de 6
de agosto de 2019), actuando en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 9 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de delegación de la Secretaría General efectuada mediante Resolución de 29 de
marzo de 2021 (DOE núm. 51, de 6 de abril de 2021), y previa autorización del Consejo de
Gobierno en sesión celebrada el día 24 de mayo de 2023.
Y de otra, don Damián Jesús Niso Chaves, Director de Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres,
cargo para el que fue nombrado por Decreto de 2 de febrero de 2023 del Obispo de CoriaCáceres, actuando como representante legal de esta entidad en virtud de las atribuciones que
le confiere el artículo 25. 1.º de los Estatutos de Cáritas Diocesana Coria-Cáceres.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y
EXPONEN
Primero. Que la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo
vital crea y regula la prestación no contributiva de Seguridad Social del ingreso mínimo vital
como prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas
que vivan solas o integradas en una unidad de convivencia cuando se encuentren en situación
de vulnerabilidad por carecer de recursos económicos suficientes para la cobertura de sus
necesidades básicas.
Sin embargo, más allá de la prestación monetaria, la atención integral de las personas más
vulnerables requiere de un conjunto de políticas que garanticen su derecho a la plena inclusión social y laboral.
41562
Miércoles 5 de julio de 2023
CONVENIO POR EL QUE SE INSTRUMENTA LA CONCESIÓN DE UNA
SUBVENCIÓN POR LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE
LA JUNTA DE EXTREMADURA A CÁRITAS DIOCESANA DE CORIA-CÁCERES
DESTINADA A LA FINANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DE UN PROYECTO DE
IMPLEMENTACIÓN DE LA METODOLOGÍA DEL PLAN VITAL DE INCLUSIÓN
SOCIAL EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y
RESILIENCIA
Mérida, 27 de mayo de 2023.
INTERVIENEN
De una parte, doña Carmen Núñez Cumplido, Directora General de Servicios Sociales, Infancia y Familias de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura,
cargo para el que fue nombrada por Decreto 100/2019, de 2 de agosto (DOE núm. 151, de 6
de agosto de 2019), actuando en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 9 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de delegación de la Secretaría General efectuada mediante Resolución de 29 de
marzo de 2021 (DOE núm. 51, de 6 de abril de 2021), y previa autorización del Consejo de
Gobierno en sesión celebrada el día 24 de mayo de 2023.
Y de otra, don Damián Jesús Niso Chaves, Director de Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres,
cargo para el que fue nombrado por Decreto de 2 de febrero de 2023 del Obispo de CoriaCáceres, actuando como representante legal de esta entidad en virtud de las atribuciones que
le confiere el artículo 25. 1.º de los Estatutos de Cáritas Diocesana Coria-Cáceres.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y
EXPONEN
Primero. Que la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo
vital crea y regula la prestación no contributiva de Seguridad Social del ingreso mínimo vital
como prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas
que vivan solas o integradas en una unidad de convivencia cuando se encuentren en situación
de vulnerabilidad por carecer de recursos económicos suficientes para la cobertura de sus
necesidades básicas.
Sin embargo, más allá de la prestación monetaria, la atención integral de las personas más
vulnerables requiere de un conjunto de políticas que garanticen su derecho a la plena inclusión social y laboral.