Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062532)
Resolución de 22 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se instrumenta la concesión de una subvención por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura a Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de implementación de la metodología del Plan Vital de Inclusión Social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 128
Miércoles 5 de julio de 2023

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3. E
 n relación con la justificación de los gastos del personal, Cáritas Diocesana Coria-Cáceres
deberá presentar, en el plazo de 20 días desde que se produce la correspondiente contratación laboral de la persona o personas que ejecutarán el proyecto, la siguiente documentación:
a) Contratos de trabajo suscritos, con las indicaciones descritas en el apartado anterior
punto 2º, y, en su caso, la titulación académica del trabajador o trabajadores contratados. Además, sin perjuicio de lo dispuesto en el punto 5º del apartado anterior, deberá
aportar una relación inicial de los trabajadores adscritos al proyecto, con las horas
efectivamente dedicadas e imputadas al proyecto, así como el centro de trabajo donde
prestan o van a prestar el servicio.
b) Informe de vida laboral (VILE) de la entidad beneficiaria donde conste la fecha de alta
en la Seguridad Social del personal contratado para la ejecución del proyecto.
c) Declaración responsable de empresas y otros entes e instituciones, según anexo VI,
firmado por medios electrónicos por la persona que ejerza la representación legal de
la entidad beneficiaria, respecto del personal, propio o subcontratado, así como del
personal voluntariado que vayan a realizar tareas que implican contacto habitual con
menores, y de acuerdo con lo previsto en la letra h) apartado 1 de la cláusula quinta.
La cumplimentación y entrega de esta documentación es preceptiva e implica que la
entidad beneficiaria se hace responsable del cumplimiento del requisito exigido por la
Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia y la Ley 12/2019, de 11 de octubre, del Voluntariado de
Extremadura.
4. A
 simismo, Cáritas Diocesana de Coria-Cáceres deberá presentar cualesquiera otros informes o documentos justificativos que, de acuerdo con la normativa europea o nacional
resulten exigibles en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así
como el suministro de información que sea solicitada para dar cumplimiento al adecuado
sistema de gestión y seguimiento del Plan, informando de lo que sea preciso para alimentar
dicho sistema y las aplicaciones informáticas que la normativa nacional o europea prevea
para la gestión, el seguimiento y control de la financiación y los objetivos.
5. S
 i existen defectos subsanables en la justificación presentada, la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias lo pondrá en conocimiento de Cáritas Diocesana CoriaCáceres, concediéndole un plazo de 10 días hábiles para su subsanación.