Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062531)
Resolución de 22 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se instrumenta la concesión de una subvención por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura a Cáritas Diocesana de Mérida-Badajoz destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de implementación de la metodología del Plan Vital de Inclusión Social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 128
Miércoles 5 de julio de 2023

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de Sanidad y Servicios Sociales, y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en los
términos previstos en la cláusula quinta.
2. E
 n su caso, la propiedad intelectual de los conocimientos adquiridos en el desarrollo de
ejecución del proyecto subvencionado será compartida por la Consejería de Sanidad y
Servicios Sociales y Caritas Diocesana de Mérida-Badajoz. La citada entidad podrá emplear
los conocimientos obtenidos en la ejecución de las actuaciones derivadas de esta subvención
en su propia metodología de los procesos de itinerarios de inclusión, previa autorización
expresa de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
Cada parte conservará los derechos de propiedad de los conocimientos que tuviera antes
de iniciar las actuaciones subvencionables. Asimismo, aquellos que, siendo propiedad
de terceros, hubieran sido cedidos para el uso a una de las partes, continuarán siendo
propiedad de sus titulares y no podrán ser usados fuera del ámbito de aplicación del
presente acto de concesión así como del marco de aplicación del Convenio 27 de enero de
2022.
Todo ello, en los términos establecidos en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando,
aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
3. E
 n todo lo no dispuesto en el convenio relativo a la utilización de la información requerida
para el desarrollo de las actuaciones del proyecto, se estará a lo regulado en la cláusula
décima del Convenio de 27 de enero de 2022 en lo que pudiera serle de aplicación.
Decimocuarta. Publicidad del convenio.
La concesión de la subvención será publicada en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la forma establecida en los
artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. Asimismo, será objeto de publicidad en el Portal de Transparencia
de la Junta de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 de la
Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
Además, se remitirá, para su publicación en la página web de la Intervención General del
Estado, a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, conforme se exige en el artículo 20.8.b)
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.