Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Avifauna. Ayudas. (2023040134)
Modificación del Extracto del Decreto 35/2022 y Anuncio por el que se da publicidad a la modificación de la distribución de crédito entre las aplicaciones presupuestarias recogidas en la convocatoria de ayudas para la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea -NextGenerationEU.
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NÚMERO 125
Viernes 30 de junio de 2023

40807

ostenten la titularidad de las líneas eléctricas incluidas en la Resolución de 15 de noviembre
de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad (DOE núm. 227, de 25 de noviembre de
2021), por la que se determinan las líneas eléctricas que no se ajustan a las prescripciones
técnicas establecidas en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto.
De otra parte, la propuesta de la Comisión de Valoración de 2 de mayo de 2023 determina
como subvencionable un proyecto que requiere de informe de impacto ambiental, estando
previsto en estos casos en el artículo 17 del decreto, un plazo máximo de 9 meses para la ejecución y justificación de las actuaciones. Es por ello por lo que se prevé que el plazo de ejecución y justificación de esta solicitud se extienda a 2024. Asimismo, es necesario considerar el
grado de complejidad y las dificultades técnicas para la ejecución y justificación previstas en
relación a los proyectos subvencionables de mayor magnitud, que requieren del plazo máximo
previsto en la convocatoria para la ejecución y justificación.
A la vista de la propuesta de la Comisión de Valoración de 2 mayo de 2023, y discerniendo
aquellos proyectos de mayor envergadura y complejidad en base al número de apoyos de la
línea eléctrica objeto de adecuación, existen 47 solicitudes con un importe subvencionable
de 3.677.369,53 €, para las que se prevé que el gasto se vaya a practicar en 2024, correspondiendo seis (6) solicitudes a entidades públicas, cinco (5) solicitudes a personas físicas y
treinta y seis (36) solicitudes a empresas privadas. Advertida la omisión en la convocatoria de
la aplicación presupuestaria correspondiente para financiar la ayuda solicitada por entidades
públicas y personas físicas, así como la falta de dotación presupuestaria para la anualidad
2024, se hace necesario modificar el expediente de gasto, mediante la creación de las aplicaciones presupuestarias 18003000/G/354A 76000 y 18003000/G/354A 78000; así como
la redistribución de crédito entre las tres aplicaciones presupuestarias 18003000/G/354A
76000, 18003000/G/354A 77000 y 18003000/G/354A 78000 del proyecto 20210417 y Fondo
MR02C04I02, en consonancia con la propuesta de la Comisión de Valoración de 2 de mayo de
2023, a fin de dotar de crédito la anualidad 2024 con la cuantía necesaria para la concesión
de las ayudas.
A este respecto, el artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, exige para la distribución distinta entre los proyectos y
aplicaciones presupuestarias recogidos en la convocatoria inicialmente prevista, la publicación
en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio del órgano que ha aprobado la convocatoria, que contenga el texto de la modificación efectuada.
Por todo lo anterior, se procede a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la modificación de la distribución del crédito por anualidades prevista en la convocatoria del Decreto
35/2022 y del apartado cuarto del extracto, referidos ambos a la distribución temporal y económica de la cuantía prevista para la ayuda, que deben quedar distribuidos del siguiente modo: