Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Cartas De Servicios. (2023062513)
Resolución de 19 de junio de 2023, de la Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior, por la que se aprueba la Carta de Servicios denominada "Centro de Atención de Urgencias y Emergencias 1.1.2 Extremadura" y se dispone su publicación.
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NÚMERO 124
40627
Jueves 29 de junio de 2023
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
RESOLUCIÓN de 19 de junio de 2023, de la Dirección General de
Emergencias, Protección Civil e Interior, por la que se aprueba la Carta de
Servicios denominada "Centro de Atención de Urgencias y Emergencias 1.1.2
Extremadura" y se dispone su publicación. (2023062513)
Por Resolución de 27 de octubre de 2005, publicada en DOE n.º 127, de 3 de noviembre, se
aprobó la Carta de Servicios denominada “Centro de Atención de Urgencias y Emergencias
1.1.2 Extremadura” de la entonces Consejería de Presidencia.
La evolución y cambios que se han producido desde esa fecha en lo que se refiere a los sistemas y plataforma tecnológica que dispone este Centro, como en los servicios que presta el
mismo, así como en la estructura organizativa y configuración del mismo. Nueva normativa
como es la nueva regulación contemplada en la Ley 10/2019, de 11 de abril, de protección
civil y de gestión de emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Que afectan
sustancialmente al ejercicio de las funciones del Centro 1.1.2 Extremadura, entre las que se
incluye el contemplar las necesidades específicas de los colectivos con discapacidad para facilitar la atención de sus llamadas al Teléfono Único 112. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de
la administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforma un nuevo
estatuto jurídico del ciudadano y del administrado que hacía hacían necesaria la actualización
de la Carta de Servicios aprobada en 2005.
Visto el proyecto de Carta de Servicios cuya elaboración se ha encomendado al Centro de
Atención de Urgencias y Emergencias 1.1.2 Extremadura, de acuerdo con el previo informe
del Servicio de Transparencia y Calidad de los Servicios, que resulta preceptivo y en uso de
las atribuciones que me confiere el artículo 9.1 del Decreto 149/2004, de 14 de octubre, por
el que se aprueba la Carta de Derechos de los Ciudadanos, se regulan las Cartas de Servicios
y se definen los sistemas de análisis y observación de la calidad en la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con el artículo 31 del Decreto 206/2010,
de 12 de noviembre, y en relación con el artículo 92, apartado 4, de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Aprobar la Carta de Servicios denominada “Centro de Atención de Urgencias y
Emergencias 1.1.2 Extremadura”, que se incorpora como anexo a la presente resolución por
un periodo de vigencia de 4 años. Dejando sin efectos la anterior Carta de Servicios, aprobada
por la Resolución de 27 de octubre de 2005.
40627
Jueves 29 de junio de 2023
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
RESOLUCIÓN de 19 de junio de 2023, de la Dirección General de
Emergencias, Protección Civil e Interior, por la que se aprueba la Carta de
Servicios denominada "Centro de Atención de Urgencias y Emergencias 1.1.2
Extremadura" y se dispone su publicación. (2023062513)
Por Resolución de 27 de octubre de 2005, publicada en DOE n.º 127, de 3 de noviembre, se
aprobó la Carta de Servicios denominada “Centro de Atención de Urgencias y Emergencias
1.1.2 Extremadura” de la entonces Consejería de Presidencia.
La evolución y cambios que se han producido desde esa fecha en lo que se refiere a los sistemas y plataforma tecnológica que dispone este Centro, como en los servicios que presta el
mismo, así como en la estructura organizativa y configuración del mismo. Nueva normativa
como es la nueva regulación contemplada en la Ley 10/2019, de 11 de abril, de protección
civil y de gestión de emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Que afectan
sustancialmente al ejercicio de las funciones del Centro 1.1.2 Extremadura, entre las que se
incluye el contemplar las necesidades específicas de los colectivos con discapacidad para facilitar la atención de sus llamadas al Teléfono Único 112. Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de
la administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conforma un nuevo
estatuto jurídico del ciudadano y del administrado que hacía hacían necesaria la actualización
de la Carta de Servicios aprobada en 2005.
Visto el proyecto de Carta de Servicios cuya elaboración se ha encomendado al Centro de
Atención de Urgencias y Emergencias 1.1.2 Extremadura, de acuerdo con el previo informe
del Servicio de Transparencia y Calidad de los Servicios, que resulta preceptivo y en uso de
las atribuciones que me confiere el artículo 9.1 del Decreto 149/2004, de 14 de octubre, por
el que se aprueba la Carta de Derechos de los Ciudadanos, se regulan las Cartas de Servicios
y se definen los sistemas de análisis y observación de la calidad en la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con el artículo 31 del Decreto 206/2010,
de 12 de noviembre, y en relación con el artículo 92, apartado 4, de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Aprobar la Carta de Servicios denominada “Centro de Atención de Urgencias y
Emergencias 1.1.2 Extremadura”, que se incorpora como anexo a la presente resolución por
un periodo de vigencia de 4 años. Dejando sin efectos la anterior Carta de Servicios, aprobada
por la Resolución de 27 de octubre de 2005.