Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Política Agraria Comunitaria. (2023062545)
Resolución de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, por la que se informa sobre la adaptación de los criterios para la selección de las intervenciones en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión, establecidos en la Orden de 22 de febrero de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de determinadas intervenciones establecidas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 123
Miércoles 28 de junio de 2023
40447
2 de diciembre de 2021, incluidos los relativos a la metodología y los criterios de selección de
las operaciones de las intervenciones para el desarrollo rural de ámbito supra autonómico. El
artículo 79.1 de este Reglamento determina que será la autoridad de gestión la que establezca los criterios de selección de varios tipos de intervenciones, previa consulta con el Comité
de seguimiento contemplado en el artículo 124 del citado reglamento.
Al respecto, el Comité emitió dictamen sobre la metodología y los criterios de selección de las
operaciones previstas en las Intervenciones regionales y la Autoridad de Gestión ha aprobado
los criterios de selección de operaciones para las intervenciones de aplicación territorial de
Extremadura, y contenidas en el Plan Estratégico de la PAC, mediante Resolución de 22 de
junio de 2023.
Por todo lo expuesto, se ha producido la adaptación de los criterios de selección establecidos
en el citado artículo 57 de la orden indicada -como criterios de “prioridad”- a efectos de la
gestión de las referidas intervenciones en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en los procedimientos de concesión de las ayudas
que se inician, en virtud de la convocatoria realizada para la campaña 2023/2024, por la reseñada Resolución de 27 de febrero de 2023, a los que ha de atenderse con carácter previo a
que se realice la primera evaluación de las solicitudes de concesión para determinar su admisibilidad en orden a la necesidad o no de aplicación del régimen de concurrencia competitiva.
En virtud de todo ello, y en ejercicio de las competencias atribuidas, se informa sobre la adaptación de los criterios de prioridad a que se refiere el artículo 57 de la citada Orden de 22 de
febrero de 2023, que han quedado establecidos del modo siguiente:
“3. El orden de prelación se establecerá en función de la puntuación total de la suma de los
puntos obtenidos en base a los criterios de prioridad relacionados. Si existieran solicitantes
que obtuvieran la misma puntuación y con ellos se sobrepasara el límite del crédito consignado, se priorizará atendiendo al mayor número de unidades medioambientales (hectáreas, colmenas en apicultura o animales en caso de razas amenazadas) potencialmente
subvencionables. En el caso de apicultura, agroambiental y ecológica, dado que para esas
operaciones se establece un límite máximo de unidades a comprometer (500 colmenas),
en caso de persistir la igualdad, se tendrá en cuenta el número de colmenas totales inscritas en el registro apícola de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Puntuación mínima
exigida para su admisibilidad será de 25 puntos para todas las intervenciones”.
“5. Criterios de prioridad aplicados a las intervenciones “Compromisos agroambientales en
superficies agrarias. Producción integrada”, “Compromisos agroambientales en superficies
agrarias. Apicultura para la biodiversidad” y “Compromisos de gestión agroambientales en
agricultura ecológica”.
Miércoles 28 de junio de 2023
40447
2 de diciembre de 2021, incluidos los relativos a la metodología y los criterios de selección de
las operaciones de las intervenciones para el desarrollo rural de ámbito supra autonómico. El
artículo 79.1 de este Reglamento determina que será la autoridad de gestión la que establezca los criterios de selección de varios tipos de intervenciones, previa consulta con el Comité
de seguimiento contemplado en el artículo 124 del citado reglamento.
Al respecto, el Comité emitió dictamen sobre la metodología y los criterios de selección de las
operaciones previstas en las Intervenciones regionales y la Autoridad de Gestión ha aprobado
los criterios de selección de operaciones para las intervenciones de aplicación territorial de
Extremadura, y contenidas en el Plan Estratégico de la PAC, mediante Resolución de 22 de
junio de 2023.
Por todo lo expuesto, se ha producido la adaptación de los criterios de selección establecidos
en el citado artículo 57 de la orden indicada -como criterios de “prioridad”- a efectos de la
gestión de las referidas intervenciones en relación con compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión en los procedimientos de concesión de las ayudas
que se inician, en virtud de la convocatoria realizada para la campaña 2023/2024, por la reseñada Resolución de 27 de febrero de 2023, a los que ha de atenderse con carácter previo a
que se realice la primera evaluación de las solicitudes de concesión para determinar su admisibilidad en orden a la necesidad o no de aplicación del régimen de concurrencia competitiva.
En virtud de todo ello, y en ejercicio de las competencias atribuidas, se informa sobre la adaptación de los criterios de prioridad a que se refiere el artículo 57 de la citada Orden de 22 de
febrero de 2023, que han quedado establecidos del modo siguiente:
“3. El orden de prelación se establecerá en función de la puntuación total de la suma de los
puntos obtenidos en base a los criterios de prioridad relacionados. Si existieran solicitantes
que obtuvieran la misma puntuación y con ellos se sobrepasara el límite del crédito consignado, se priorizará atendiendo al mayor número de unidades medioambientales (hectáreas, colmenas en apicultura o animales en caso de razas amenazadas) potencialmente
subvencionables. En el caso de apicultura, agroambiental y ecológica, dado que para esas
operaciones se establece un límite máximo de unidades a comprometer (500 colmenas),
en caso de persistir la igualdad, se tendrá en cuenta el número de colmenas totales inscritas en el registro apícola de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Puntuación mínima
exigida para su admisibilidad será de 25 puntos para todas las intervenciones”.
“5. Criterios de prioridad aplicados a las intervenciones “Compromisos agroambientales en
superficies agrarias. Producción integrada”, “Compromisos agroambientales en superficies
agrarias. Apicultura para la biodiversidad” y “Compromisos de gestión agroambientales en
agricultura ecológica”.