Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062351)
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Junta de Extremadura y las entidades financieras para la gestión de las subvenciones recogidas en el capítulo VI, "Financiación de préstamos a titulares de explotaciones agrícolas de cereal de secano así como a titulares de explotaciones extensivas de ganado bovino, ovino, caprino, porcino, equino y apícola radicadas en Extremadura", del Decreto-ley 3/2023, de 17 de mayo de 2023, por el que se aprueban ayudas temporales excepcionales a titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía (CaixaBank).
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NÚMERO 123
Miércoles 28 de junio de 2023
40384
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LAS
ENTIDADES FINANCIERAS PARA LA GESTIÓN DE LAS SUBVENCIONES
RECOGIDAS EN EL CAPÍTULO VI, “FINANCIACIÓN DE PRÉSTAMOS A
TITULARES DE EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS DE CEREAL DE SECANO
ASÍ COMO A TITULARES DE EXPLOTACIONES EXTENSIVAS DE GANADO
BOVINO, OVINO, CAPRINO, PORCINO, EQUINO Y APÍCOLA RADICADAS EN
EXTREMADURA”, DEL DECRETO-LEY 3/2023, DE 17 DE MAYO DE 2023, POR
EL QUE SE APRUEBAN AYUDAS TEMPORALES EXCEPCIONALES A TITULARES
DE EXPLOTACIONES AGRARIAS AFECTADAS POR LA SEQUÍA.
Mérida, 24 de mayo de 2023.
REUNIDOS
De una parte, D. Guillermo Fernández Vara, Presidente de la Comunidad Autónoma de Extremadura, actuando en nombre y representación de la Junta de Extremadura, en virtud del Real
Decreto 408/2019, de 26 de junio (BOE núm. 153, de 27 de junio de 2019), por el que se
dispone su nombramiento y en uso de las facultades conferidas por los artículos 24,1 y 26.3
a) de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura en relación con el artículo 14.f) de la Ley 1/2002. de 28
de febrero del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
De otra parte, D. Jaime Campos Muñoz, en representación de Caixabank NIF ***6061**, con
poder suficiente que acredita mediante escritura autorizada por la Notaria D.ª María Dolores
Giménez Arbona, notaria del Ilustre Colegio Legi de Notaris de Catalunya.
Las partes, reconociéndose recíprocamente capacidad legal para formalizar el presente Convenio para la colaboración en la gestión de una subvención pública, están de acuerdo en los
siguientes antecedentes y estipulaciones:
ANTECEDENTES
Primero. El Decreto-ley 3/ 2023 de 17 de mayo, por el que se regulan ayudas temporales
excepcionales a titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía, establece, en su
Capítulo VI, la financiación de préstamos a titulares de explotaciones agrícolas de cereal de
secano, así como a titulares de explotaciones extensivas de ganado bovino, ovino, caprino,
porcino, equino y apícola radicadas en Extremadura.
El citado Capítulo VI, prevé la participación de intermediarios financieros en la gestión y el pago
de dichas ayudas públicas, considerándoles como entidades colaboradoras, y exige en su artículo 6.7.3 la formalización de un Convenio de colaboración con las mismas, dando cumplimiento
Miércoles 28 de junio de 2023
40384
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LAS
ENTIDADES FINANCIERAS PARA LA GESTIÓN DE LAS SUBVENCIONES
RECOGIDAS EN EL CAPÍTULO VI, “FINANCIACIÓN DE PRÉSTAMOS A
TITULARES DE EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS DE CEREAL DE SECANO
ASÍ COMO A TITULARES DE EXPLOTACIONES EXTENSIVAS DE GANADO
BOVINO, OVINO, CAPRINO, PORCINO, EQUINO Y APÍCOLA RADICADAS EN
EXTREMADURA”, DEL DECRETO-LEY 3/2023, DE 17 DE MAYO DE 2023, POR
EL QUE SE APRUEBAN AYUDAS TEMPORALES EXCEPCIONALES A TITULARES
DE EXPLOTACIONES AGRARIAS AFECTADAS POR LA SEQUÍA.
Mérida, 24 de mayo de 2023.
REUNIDOS
De una parte, D. Guillermo Fernández Vara, Presidente de la Comunidad Autónoma de Extremadura, actuando en nombre y representación de la Junta de Extremadura, en virtud del Real
Decreto 408/2019, de 26 de junio (BOE núm. 153, de 27 de junio de 2019), por el que se
dispone su nombramiento y en uso de las facultades conferidas por los artículos 24,1 y 26.3
a) de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura en relación con el artículo 14.f) de la Ley 1/2002. de 28
de febrero del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
De otra parte, D. Jaime Campos Muñoz, en representación de Caixabank NIF ***6061**, con
poder suficiente que acredita mediante escritura autorizada por la Notaria D.ª María Dolores
Giménez Arbona, notaria del Ilustre Colegio Legi de Notaris de Catalunya.
Las partes, reconociéndose recíprocamente capacidad legal para formalizar el presente Convenio para la colaboración en la gestión de una subvención pública, están de acuerdo en los
siguientes antecedentes y estipulaciones:
ANTECEDENTES
Primero. El Decreto-ley 3/ 2023 de 17 de mayo, por el que se regulan ayudas temporales
excepcionales a titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía, establece, en su
Capítulo VI, la financiación de préstamos a titulares de explotaciones agrícolas de cereal de
secano, así como a titulares de explotaciones extensivas de ganado bovino, ovino, caprino,
porcino, equino y apícola radicadas en Extremadura.
El citado Capítulo VI, prevé la participación de intermediarios financieros en la gestión y el pago
de dichas ayudas públicas, considerándoles como entidades colaboradoras, y exige en su artículo 6.7.3 la formalización de un Convenio de colaboración con las mismas, dando cumplimiento