Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062474)
Resolución de 14 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Transformación en riego por goteo de 11,7 ha de olivar, a ejecutar en el polígono 3 parcelas 32, 35, 36, 37, 42, 113, 114, 115, 116, 120, 144 y 145 del término municipal de La Garrovilla", cuyo promotor es D. Emilio García Lavado. Expte.: IA21/1036.
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NÚMERO 122
Martes 27 de junio de 2023
40224
así como la presencia de una plantación agrícola de carácter permanente, provocarán
cambios en las características fisicoquímicas de los suelos a largo plazo. Siguiendo las
recomendaciones de los manuales de buenas prácticas agrarias, así como las normas
de la condicionalidad establecidas por la Política Agraria Comunitaria, se estima que
estas alteraciones podrían ser compatibles.
3.3.4. Fauna.
Los valores naturales reconocidos en los Planes de Gestión de los espacios Natura 2000
y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad
son:
— Sisón común (Tetrax tetrax), catalogado “En Peligro de Extinción” en el Catálogo
Regional de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001, de 6 de
marzo. DOE n.º 30, y su modificación Decreto 78/2018, de 5 de junio. DOE n.º
112).
Considerando el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la
DGS que, existen citas antiguas de la especie (sisón) en el entorno del proyecto en
parcelas con cultivos herbáceos. No obstante, la puesta en riego de un olivar existente
no supone una merma en la calidad del hábitat para la especie. Las parcelas no están
catalogadas como hábitat prioritario para especies esteparias del área Badajoz Norte.
No se prevé afección.
En el caso de que existieran alguna afección sobre la fauna, mediante la aplicación de
las medidas previstas en el informe emitido por parte del Servicio de Conservación de
la Naturaleza y Áreas Protegidas de la DGS, se considera que este impacto será de carácter compatible.
3.3.5. Vegetación.
En las zonas colindantes con el Arroyo de Pilar de las parcelas 144 y 145, existe una
zona ocupada por un tamujar (Flueggea tinctorea)
Por lo demás, al tratarse de terrenos agrícolas ya consolidados desde al menos 2008,
no existe una afección directa o indirecta sobre la vegetación herbácea natural. No obstante, se propondrán medidas para fomentar la aparición de cierta vegetación natural
de carácter espontáneo en las lindes de la zona de actuación y proteger dicho tamujar
(Flueggea tinctorea).
3.3.6. Paisaje.
Martes 27 de junio de 2023
40224
así como la presencia de una plantación agrícola de carácter permanente, provocarán
cambios en las características fisicoquímicas de los suelos a largo plazo. Siguiendo las
recomendaciones de los manuales de buenas prácticas agrarias, así como las normas
de la condicionalidad establecidas por la Política Agraria Comunitaria, se estima que
estas alteraciones podrían ser compatibles.
3.3.4. Fauna.
Los valores naturales reconocidos en los Planes de Gestión de los espacios Natura 2000
y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad
son:
— Sisón común (Tetrax tetrax), catalogado “En Peligro de Extinción” en el Catálogo
Regional de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001, de 6 de
marzo. DOE n.º 30, y su modificación Decreto 78/2018, de 5 de junio. DOE n.º
112).
Considerando el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la
DGS que, existen citas antiguas de la especie (sisón) en el entorno del proyecto en
parcelas con cultivos herbáceos. No obstante, la puesta en riego de un olivar existente
no supone una merma en la calidad del hábitat para la especie. Las parcelas no están
catalogadas como hábitat prioritario para especies esteparias del área Badajoz Norte.
No se prevé afección.
En el caso de que existieran alguna afección sobre la fauna, mediante la aplicación de
las medidas previstas en el informe emitido por parte del Servicio de Conservación de
la Naturaleza y Áreas Protegidas de la DGS, se considera que este impacto será de carácter compatible.
3.3.5. Vegetación.
En las zonas colindantes con el Arroyo de Pilar de las parcelas 144 y 145, existe una
zona ocupada por un tamujar (Flueggea tinctorea)
Por lo demás, al tratarse de terrenos agrícolas ya consolidados desde al menos 2008,
no existe una afección directa o indirecta sobre la vegetación herbácea natural. No obstante, se propondrán medidas para fomentar la aparición de cierta vegetación natural
de carácter espontáneo en las lindes de la zona de actuación y proteger dicho tamujar
(Flueggea tinctorea).
3.3.6. Paisaje.