Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023062452)
Resolución de 15 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de cebadero de terneros, cuyo titular es Manuel Alonso Martín, en el término municipal de Carcaboso.
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NÚMERO 121
Lunes 26 de junio de 2023
39949
como abono orgánico. Para el control de la gestión de estos residuos agroganaderos, la
instalación deberá disponer de un Libro de Registro de Gestión y de un Plan de Aplicación
Agrícola de los estiércoles, conforme a lo establecido en el apartado – h – “Vigilancia y seguimiento” de esta resolución, de forma que todas las deyecciones generadas sean gestionadas adecuadamente mediante la recogida por el gestor autorizado o conforme al Plan de
Aplicación Agrícola elaborado, y dejando constancia de esta gestión en el Libro de Registro
de Gestión de Estiércoles.
La generación de estiércoles asociada al funcionamiento normal del complejo se estima
en 1.140 m3/año de estiércol, que suponen unos 7.223,7 kg de nitrógeno/año. Todas las
deyecciones generadas deberán gestionarse adecuadamente, mediante la recogida por
gestor autorizado o conforme al Plan de Aplicación Agrícola elaborado, y dejando constancia de esta gestión en el Libro de Registro de Gestión de Estiércoles.
2. L
a explotación deberá disponer de un sistema para la recogida y almacenamiento de los
estiércoles, lixiviados y aguas de limpieza, generados en las naves de cebo y corrales, que
evite el riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales y subterráneas, con
tamaño adecuado, que permita llevar a cabo la gestión adecuada de los mismos. A estos
efectos, el cebadero de terneros dispondrá de una fosa de hormigón de una capacidad
mínima de 75 m3 .
3. E
l diseño y la construcción de la fosa deberá adaptarse a las prescripciones que para este
tipo de infraestructuras establece la Dirección General de Sostenibilidad. Conforme a esto,
se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:
• La ubicación de las fosas deberá garantizar que no se produzcan vertidos a ningún curso
o punto de agua; y habrán de hallarse a la mayor distancia posible de caminos y carreteras. Se orientará en función de los vientos dominantes, de modo que se eviten molestias
por malos olores a las poblaciones más cercanas.
• Cumplirá con las siguientes características constructivas:
– Se ejecutará en hormigón armado.
– I mpermeabilización del sistema de retención para evitar la posibilidad de infiltraciones.
– Cuneta en todo su perímetro, que evite el acceso de las aguas de escorrentía.
– Talud perimetral que evite desbordamientos y el acceso de aguas de escorrentía.
– Cerramiento perimetral que no permita el acceso de personas y animales.
Lunes 26 de junio de 2023
39949
como abono orgánico. Para el control de la gestión de estos residuos agroganaderos, la
instalación deberá disponer de un Libro de Registro de Gestión y de un Plan de Aplicación
Agrícola de los estiércoles, conforme a lo establecido en el apartado – h – “Vigilancia y seguimiento” de esta resolución, de forma que todas las deyecciones generadas sean gestionadas adecuadamente mediante la recogida por el gestor autorizado o conforme al Plan de
Aplicación Agrícola elaborado, y dejando constancia de esta gestión en el Libro de Registro
de Gestión de Estiércoles.
La generación de estiércoles asociada al funcionamiento normal del complejo se estima
en 1.140 m3/año de estiércol, que suponen unos 7.223,7 kg de nitrógeno/año. Todas las
deyecciones generadas deberán gestionarse adecuadamente, mediante la recogida por
gestor autorizado o conforme al Plan de Aplicación Agrícola elaborado, y dejando constancia de esta gestión en el Libro de Registro de Gestión de Estiércoles.
2. L
a explotación deberá disponer de un sistema para la recogida y almacenamiento de los
estiércoles, lixiviados y aguas de limpieza, generados en las naves de cebo y corrales, que
evite el riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales y subterráneas, con
tamaño adecuado, que permita llevar a cabo la gestión adecuada de los mismos. A estos
efectos, el cebadero de terneros dispondrá de una fosa de hormigón de una capacidad
mínima de 75 m3 .
3. E
l diseño y la construcción de la fosa deberá adaptarse a las prescripciones que para este
tipo de infraestructuras establece la Dirección General de Sostenibilidad. Conforme a esto,
se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:
• La ubicación de las fosas deberá garantizar que no se produzcan vertidos a ningún curso
o punto de agua; y habrán de hallarse a la mayor distancia posible de caminos y carreteras. Se orientará en función de los vientos dominantes, de modo que se eviten molestias
por malos olores a las poblaciones más cercanas.
• Cumplirá con las siguientes características constructivas:
– Se ejecutará en hormigón armado.
– I mpermeabilización del sistema de retención para evitar la posibilidad de infiltraciones.
– Cuneta en todo su perímetro, que evite el acceso de las aguas de escorrentía.
– Talud perimetral que evite desbordamientos y el acceso de aguas de escorrentía.
– Cerramiento perimetral que no permita el acceso de personas y animales.