Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023062452)
Resolución de 15 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de cebadero de terneros, cuyo titular es Manuel Alonso Martín, en el término municipal de Carcaboso.
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NÚMERO 121
Lunes 26 de junio de 2023
39947
Quinto. Simultáneamente al periodo de información pública, mediante escrito registrado de
salida con fecha 7 de febrero de 2023, se remite la solicitud de AAU al Ayuntamiento de Carcaboso, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a
todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo
16, punto 4 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de
marzo.
Con fecha 23 de marzo de 2023 el Técnico municipal del ayuntamiento de Carcaboso emite
informe en el que concluye que “El informe emitido únicamente ha tenido en cuenta el cumplimiento de las NNSS de Planeamiento de Carcaboso para la instalación de una explotación
de cebo de 250 terneros en el polígono 1, parcelas 5015 y 5016 del término municipal de
Carcaboso, según Proyecto Básico aportado, donde según dicha documentación, cumple, en
líneas generales, con las condiciones establecidas para suelo no urbanizable genérico”.
Sexto. Con fecha 7 de febrero de 2023 se dicta resolución por parte de la Dirección General
de Sostenibilidad por la se procede a el archivo del expediente IA23/0027 por desaparición
sobrevenida del objeto del procedimiento.
Séptimo. Finalizado el periodo de información pública, recibidos los informes indicados en los
apartados anteriores o, en su defecto, transcurrido el plazo para la emisión de los mismos el
jefe de servicio competente en materia de autorizaciones ambientales, tras realizar una
evaluación ambiental del proyecto en su conjunto y considerando los informes y las
alegaciones u observaciones recabadas, así como los posibles efectos sinérgicos de la
puesta en marcha y funcionamiento de la instalación con otras que pudieran existir en su
entorno, elaboró propuesta de resolución, y fue notificada, con fecha 25 de mayo de 2023,
a Manuel Alonso Martín, y al Ayuntamiento de Carcaboso (Cáceres) para que, en un plazo
máximo de diez días, manifestasen lo que tuvieran por conveniente respecto a su contenido.
Octavo. A los anteriores antecedentes de hecho, le son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Es órgano competente para la resolución del presente procedimiento la Dirección
General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en
virtud de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de conformidad con el artículo 31.3 del
Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, se
somete a autorización ambiental unificada la construcción, montaje, explotación, traslado o
Lunes 26 de junio de 2023
39947
Quinto. Simultáneamente al periodo de información pública, mediante escrito registrado de
salida con fecha 7 de febrero de 2023, se remite la solicitud de AAU al Ayuntamiento de Carcaboso, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a
todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo
16, punto 4 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de
marzo.
Con fecha 23 de marzo de 2023 el Técnico municipal del ayuntamiento de Carcaboso emite
informe en el que concluye que “El informe emitido únicamente ha tenido en cuenta el cumplimiento de las NNSS de Planeamiento de Carcaboso para la instalación de una explotación
de cebo de 250 terneros en el polígono 1, parcelas 5015 y 5016 del término municipal de
Carcaboso, según Proyecto Básico aportado, donde según dicha documentación, cumple, en
líneas generales, con las condiciones establecidas para suelo no urbanizable genérico”.
Sexto. Con fecha 7 de febrero de 2023 se dicta resolución por parte de la Dirección General
de Sostenibilidad por la se procede a el archivo del expediente IA23/0027 por desaparición
sobrevenida del objeto del procedimiento.
Séptimo. Finalizado el periodo de información pública, recibidos los informes indicados en los
apartados anteriores o, en su defecto, transcurrido el plazo para la emisión de los mismos el
jefe de servicio competente en materia de autorizaciones ambientales, tras realizar una
evaluación ambiental del proyecto en su conjunto y considerando los informes y las
alegaciones u observaciones recabadas, así como los posibles efectos sinérgicos de la
puesta en marcha y funcionamiento de la instalación con otras que pudieran existir en su
entorno, elaboró propuesta de resolución, y fue notificada, con fecha 25 de mayo de 2023,
a Manuel Alonso Martín, y al Ayuntamiento de Carcaboso (Cáceres) para que, en un plazo
máximo de diez días, manifestasen lo que tuvieran por conveniente respecto a su contenido.
Octavo. A los anteriores antecedentes de hecho, le son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Es órgano competente para la resolución del presente procedimiento la Dirección
General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en
virtud de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de conformidad con el artículo 31.3 del
Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, se
somete a autorización ambiental unificada la construcción, montaje, explotación, traslado o