Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062442)
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Cambio de uso forestal a agrícola y concesión de aguas superficiales del río Cubilar para riego de 14,21 ha de olivar", cuyos promotores son D.ª M.ª Ángeles Peña Enciso y D. Ramón Emilio Peña Enciso, en el término municipal de Logrosán (Cáceres). Expte.: IA20/0977.
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NÚMERO 120
Viernes 23 de junio de 2023



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9. N
 o se podrá plantar ningún cultivo en los 5 m de servidumbre del DPH constituido
por el arroyo Alcornocal que atraviesa la zona de actuación. Asimismo se respetarán
las lindes con vegetación natural y las zonas de Dominio Público Hidráulico.



10. D
 e manera expresa no se realizará ninguna actuación sobre la vegetación de ribera
del río Cubilar (ni movimiento de tierras ni obras en sus orillas), no pudiendo verse
afectada. No se realizarán actuaciones mecanizadas sobre las masas de agua y las
orlas de vegetación riparia que pudiera existir, evitando arrastres y el tránsito de
maquinaria pesada sobre las mismas.



11. L
 os cruces subterráneos de las conducciones del agua de riego con el cauce del
arroyo Alcornocal, que constituye el DPH del Estado, contempladas en el proyecto,
se realizarán enterrados, quedando al menos un resguardo de 1 m entre la cara superior de la obra de cruce con el lecho del río. En cualquier caso, para todas aquellas
actuaciones que afecten al DPH, deberán desarrollarse mecanismos específicos que
garanticen el mantenimiento de caudales, minimizando sus variaciones durante la
ejecución de las obras, y sin que se produzca modificación entre el régimen de caudales anterior y posterior a la ejecución de las mismas. Estas obras deberán contar
con la correspondiente autorización del Órgano de cuenca.



12. L
 os ríos y arroyos funcionan como corredores ecológicos y de biodiversidad, por lo
que siempre se debe respetar su continuidad, tanto lateral como longitudinal, de
acuerdo con el artículo 126 bis del Reglamento del DPH.



13. E
 n caso de instalar protectores en las nuevas plantas de la explotación, se evitará
que sean de color, blanco, azul, o rojo, intentando que sean de colores más integrados con el medio. Los tutores serán preferiblemente de madera. Estos elementos
deben eliminarse una vez hayan cumplido su función



14. P
 ara reducir la compactación del suelo, la maquinaria no circulará fuera de los caminos cuando el terreno circunstancialmente se encuentre cargado con exceso de
agua.



15. U
 no de los principales impactos ambientales suele provocarse en las zonas de
acopios de material o de préstamos, así como por otras obras puntuales no reflejadas en el proyecto y zonas de tránsito de caminos y maquinaria. Todas las zonas
de préstamos, acopios, parques de maquinaria y obras auxiliares deberán contar
con las autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso de ser
necesario.



16. N
 o se realizarán nuevos accesos ni modificaciones de caminos u otras posibles instalaciones auxiliares existentes, líneas eléctricas, cerramientos, charcas, depósitos,