Consejería De Educación Y Empleo. Centros Docentes Privados. (2023062416)
Resolución de 15 de junio de 2023, de la Secretaría General de Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Resolución de 14 de junio de 2023, de la Consejera, por la que se modifica la autorización administrativa del centro docente privado "Cesur Cáceres" en Cáceres.
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NÚMERO 119
Jueves 22 de junio de 2023
39563
Dos unidades de “Técnico superior de desarrollo de aplicaciones web “(30 puestos escolares
cada una), en turno matutino.
Dos unidades de “Técnico superior en desarrollo de aplicaciones multiplataforma “(30 puestos
escolares cada una), en turno matutino.
Cuatro unidades de “Técnico superior en marketing y publicidad” (30 puestos escolares cada
una), dos unidades en turno matutino y otras dos unidades en turno vespertino.
“Curso de especialización en cultivos celulares”, una unidad de 30 puestos escolares, en turno
vespertino.
“Curso de especialización en inteligencia artificial y big data”. Una unidad de 30 puestos escolares, en turno vespertino.
“Curso de especialización en ciberseguridad en entornos de las tecnologías de la información”,
una unidad de 30 puestos escolares, en turno vespertino.
“Curso de especialización en implementación de redes 5G”, una unidad de 30 puestos escolares, en turno vespertino.
Segundo. De conformidad con el artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no se considera necesario
cumplimentar el trámite de vista y audiencia, al no figurar en el procedimiento ni ser tenidos
en cuenta otros hechos y alegaciones, que las aducidas por el interesado.
Tercero. La presente modificación de la autorización anterior para impartir enseñanzas en
nueva modalidad surtirá efectos para el curso académico 2023/2024. El centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga
que modificarse cualquiera de los datos que señala la correspondiente resolución. Asimismo,
la eficacia de la resolución queda condicionada a la obligación de obtener los permisos o autorizaciones que hayan de ser otorgados por otros organismos competentes.
Cuarto. El personal que imparta docencia en las nuevas enseñanzas autorizadas deberá
reunir los requisitos sobre titulación que establece la normativa educativa. La titularidad del
centro remitirá a la Delegación Provincial de Educación en Cáceres, en el supuesto de poner
en funcionamiento las unidades, una relación del personal del que dispondrá desde el momento de inicio de su actividad, con indicación de sus titulaciones respectivas, para su debida
aprobación por la Delegación Provincial previo informe de la Inspección de Educación.
Quinto. La presente modificación de la autorización administrativa no surtirá efecto hasta
que el centro presente ante la Delegación Provincial de Educación correspondiente la docu-
Jueves 22 de junio de 2023
39563
Dos unidades de “Técnico superior de desarrollo de aplicaciones web “(30 puestos escolares
cada una), en turno matutino.
Dos unidades de “Técnico superior en desarrollo de aplicaciones multiplataforma “(30 puestos
escolares cada una), en turno matutino.
Cuatro unidades de “Técnico superior en marketing y publicidad” (30 puestos escolares cada
una), dos unidades en turno matutino y otras dos unidades en turno vespertino.
“Curso de especialización en cultivos celulares”, una unidad de 30 puestos escolares, en turno
vespertino.
“Curso de especialización en inteligencia artificial y big data”. Una unidad de 30 puestos escolares, en turno vespertino.
“Curso de especialización en ciberseguridad en entornos de las tecnologías de la información”,
una unidad de 30 puestos escolares, en turno vespertino.
“Curso de especialización en implementación de redes 5G”, una unidad de 30 puestos escolares, en turno vespertino.
Segundo. De conformidad con el artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no se considera necesario
cumplimentar el trámite de vista y audiencia, al no figurar en el procedimiento ni ser tenidos
en cuenta otros hechos y alegaciones, que las aducidas por el interesado.
Tercero. La presente modificación de la autorización anterior para impartir enseñanzas en
nueva modalidad surtirá efectos para el curso académico 2023/2024. El centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga
que modificarse cualquiera de los datos que señala la correspondiente resolución. Asimismo,
la eficacia de la resolución queda condicionada a la obligación de obtener los permisos o autorizaciones que hayan de ser otorgados por otros organismos competentes.
Cuarto. El personal que imparta docencia en las nuevas enseñanzas autorizadas deberá
reunir los requisitos sobre titulación que establece la normativa educativa. La titularidad del
centro remitirá a la Delegación Provincial de Educación en Cáceres, en el supuesto de poner
en funcionamiento las unidades, una relación del personal del que dispondrá desde el momento de inicio de su actividad, con indicación de sus titulaciones respectivas, para su debida
aprobación por la Delegación Provincial previo informe de la Inspección de Educación.
Quinto. La presente modificación de la autorización administrativa no surtirá efecto hasta
que el centro presente ante la Delegación Provincial de Educación correspondiente la docu-