Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062313)
Resolución de 9 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y FEVAL-Gestión de Servicios, SLU, por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del proyecto "4032 FEVAL Gestión de Servicios, SLU, Desarrollo de Proyectos Tic-CDTIC" en el segundo semestre del ejercicio 2023.
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NÚMERO 118

39055

Miércoles 21 de junio de 2023

CERTIFICADO DE JUSTIFICACIÓN DE INVERSIONES
Dña.

con DNI n.º

,

en calidad de Administradora Única de la compañía mercantil FEVAL-Gestión de Servicios,
SLU, con CIF N.º B06574271, certifica:
• Que los gastos indicados en el Anexo I de memoria de las actividades se corresponden
con las actividades recogidas en el Convenio de la aportación económica a favor de la
sociedad mercantil FEVAL-Gestión de Servicios, SLU, para financiar la realización del
proyecto “4032 Gestión de Servicios, SLU, desarrollo de proyectos TIC-CDTIC” cofinanciado en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el segundo semestre
del ejercicio 2023.
• Que la relación de los importes que se detallan en el documento Anexo II presupuesto de
las actividades, firmado por el Liquidador Único de la sociedad mercantil FEVAL-Gestión
de Servicios, SLU, se encuentran efectivamente pagados y que los documentos necesarios para llevar a cabo de forma adecuada las distintas actuaciones, a que se refieren
dichos importes, se encuentran en poder de FEVAL-Gestión de Servicios, SLU, a disposición de la Consejería, así como de los órganos de fiscalización y control financiero y de
los órganos de control de la Unión Europea.
• Que se han llevado a cabo las actuaciones de acuerdo con las normas nacionales y comunitarias establecidas al efecto, y muy especialmente, las referidas a información y publicidad establecidos en esta materia por el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones
comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo
Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo,
de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el
Fondo de Asilo, Migración Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento
de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados. Todas las actuaciones, actividades, eventos, congresos, certámenes, etc., que sean financiados con fondos
estructurales deberán cumplir con los requisitos de identificación, información y publicidad. Asimismo, deberán cumplirse los requisitos establecidos en el Decreto 50/2001, de
3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas por la Junta
de Extremadura.
• Que, en los gastos indicados en el Anexo I acogidos a la transferencia específica que se
formaliza por el Convenio de colaboración existe un sistema de contabilidad separada,