Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023062305)
Resolución de 7 de junio de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Calzadilla para la mejora e implementación de los servicios de carácter cultural a prestar por la Casa de la Cultura de Calzadilla.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 116
38222
Lunes 19 de junio de 2023
2. Que se han cumplido las obligaciones de publicidad establecidas.
3. Q
ue la documentación acreditativa tanto de las contrataciones realizadas como de los gastos y pagos efectuados con cargo al convenio de colaboración, incluyendo, en su caso, los
documentos electrónicos, obran en poder de esta Entidad en tanto puedan ser objeto de las
actuaciones de comprobación y control de la Administración correspondiente.
4. Q
ue las contrataciones realizadas cumplen con los requisitos y condiciones previstas en el
citado convenio.
5. Q
ue los gastos y pagos previstos en el convenio, justificados anteriormente, han sido efectivamente realizados y pagados, y que están acreditados mediante facturas o documentos
contables de valor probatorio equivalente.
6. Q
ue todas las inversiones realizadas en este proyecto son acordes con el contenido del
convenio de colaboración.
7. Q
ue no ha obtenido otras aportaciones que en concurrencia con la que se concedió supere
el coste de las inversiones realizadas.
En ________________________ a _____ de ______________ de ________ .
El/La Interventora/a o secretario/a Interventor/a
de la entidad beneficiaria
Vº Bº El /La Alcalde/sa
Fdo.: ______________________________
Fdo.: _______________________________
NOTAS:
•L
os gastos generales deberán ser justificados individualmente, además de con las facturas o documentos correspondientes, mediante certificado expreso de cada gasto o de cada grupo de gastos
si son de características similares.
•S
e deberán justificar si las hubiere, las diferencias entre los grupos correspondientes al presupuesto inicial y el justificado.
•L
os pagos de facturas de importe igual o superior a 1.000,00 euros deberán justificarse necesariamente mediante documentos bancarios (cheques, transferencias, pagarés, etc.) y su correspondiente justificación de cargo en cuenta (mediante certificado de la entidad bancaria, listados de
movimientos de cuentas, documentos de cargo en cuenta, etc.).
•L
os pagos de facturas de importe inferior a 1.000,00 euros podrán justificarse, además de la manera indicada en el párrafo anterior, mediante recibo o certificado de pago de la misma emitido por
el proveedor (en original)
•E
n cualquier caso, siempre debe quedar acreditado claramente el sujeto que paga la factura, el
proveedor, el importe pagado y la factura a que corresponde el pago.
38222
Lunes 19 de junio de 2023
2. Que se han cumplido las obligaciones de publicidad establecidas.
3. Q
ue la documentación acreditativa tanto de las contrataciones realizadas como de los gastos y pagos efectuados con cargo al convenio de colaboración, incluyendo, en su caso, los
documentos electrónicos, obran en poder de esta Entidad en tanto puedan ser objeto de las
actuaciones de comprobación y control de la Administración correspondiente.
4. Q
ue las contrataciones realizadas cumplen con los requisitos y condiciones previstas en el
citado convenio.
5. Q
ue los gastos y pagos previstos en el convenio, justificados anteriormente, han sido efectivamente realizados y pagados, y que están acreditados mediante facturas o documentos
contables de valor probatorio equivalente.
6. Q
ue todas las inversiones realizadas en este proyecto son acordes con el contenido del
convenio de colaboración.
7. Q
ue no ha obtenido otras aportaciones que en concurrencia con la que se concedió supere
el coste de las inversiones realizadas.
En ________________________ a _____ de ______________ de ________ .
El/La Interventora/a o secretario/a Interventor/a
de la entidad beneficiaria
Vº Bº El /La Alcalde/sa
Fdo.: ______________________________
Fdo.: _______________________________
NOTAS:
•L
os gastos generales deberán ser justificados individualmente, además de con las facturas o documentos correspondientes, mediante certificado expreso de cada gasto o de cada grupo de gastos
si son de características similares.
•S
e deberán justificar si las hubiere, las diferencias entre los grupos correspondientes al presupuesto inicial y el justificado.
•L
os pagos de facturas de importe igual o superior a 1.000,00 euros deberán justificarse necesariamente mediante documentos bancarios (cheques, transferencias, pagarés, etc.) y su correspondiente justificación de cargo en cuenta (mediante certificado de la entidad bancaria, listados de
movimientos de cuentas, documentos de cargo en cuenta, etc.).
•L
os pagos de facturas de importe inferior a 1.000,00 euros podrán justificarse, además de la manera indicada en el párrafo anterior, mediante recibo o certificado de pago de la misma emitido por
el proveedor (en original)
•E
n cualquier caso, siempre debe quedar acreditado claramente el sujeto que paga la factura, el
proveedor, el importe pagado y la factura a que corresponde el pago.