Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Investigación. Ayudas. (2023040100)
Decreto 57/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental realizados por pequeñas y medianas empresas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria relativa a proyectos realizados por empresas de base tecnológica y startups.
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NÚMERO 116
Lunes 19 de junio de 2023

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2. Ámbito material de los proyectos.
Podrán concurrir a la presente convocatoria, proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental referidos a cualquiera de los ámbitos de intervención en I+D+i para la
especialización alineados con el Patrón de Especialización de Extremadura 2021-2027.
3. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias, según la modalidad de ayuda por la que opten, las siguientes
pymes:
1. En la modalidad de ayuda II. Las pymes que, cumpliendo los requisitos generales exigidos por el decreto de bases reguladoras, cumplan también los requisitos exigidos en el
artículo 34.2 o 3) para obtener la calificación de pyme de base tecnológica.
2. En la modalidad de ayuda III. Las pymes que, cumpliendo los requisitos generales exigidos por el decreto de bases reguladoras, cumplan también los requisitos exigidos en
el artículo 37.2 o 3) para obtener la calificación de pyme startup.
4. Características de los proyectos.
1. Con carácter general, todos los proyectos que concurran a esta convocatoria deben cumplir con los requisitos que se establecen en el artículo 5 del decreto de bases reguladoras.
2. Los proyectos que se presenten por la modalidad II, deberán cumplir con los siguientes
requisitos adicionales a los que se refiere el artículo 35 del decreto de bases reguladoras:


• Se exigirá un mínimo de un titulado universitario por pyme beneficiaria, que preste
sus servicios con una categoría de titulado universitario de grado, licenciatura o diplomatura y dedicado a las tareas de investigación del proyecto subvencionable.



• Podrá acordarse la subcontratación de parte del proyecto, hasta el máximo del 40%
de la inversión subvencionable, con una o varias empresas y /o centros de I+D.



• El importe mínimo de la inversión proyectada para esta modalidad de ayudas será de
25.000 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) excluido. El importe máximo de
inversión subvencionable será de 250.000 euros (IVA excluido).



• El proyecto tendrá un período de ejecución máxima de 24 meses, a realizar en los
26 meses contados a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución de
concesión de la ayuda. No obstante, podrán admitirse gastos desde el día posterior a