Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Investigación. Ayudas. (2023040100)
Decreto 57/2023, de 24 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental realizados por pequeñas y medianas empresas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria relativa a proyectos realizados por empresas de base tecnológica y startups.
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NÚMERO 116
Lunes 19 de junio de 2023
38134
especialidad de formación profesional acorde con el objeto de proyecto y las actividades a
desarrollar en el mismo; podrán imputar un máximo del 50% de su jornada laboral y de
tres auxiliares con estas características. Las horas de trabajo que impute este personal, no
se computarán a los efectos del número máximo de 1000 horas al que se refiere el párrafo
anterior.
No serán subvencionables los gastos de personal auxiliar cuando se realicen por socios o
miembros de los órganos de administración de la empresa.
SECCIÓN 3.ª MODALIDAD III. PROYECTOS REALIZADOS POR PYMES STARTUPS
Artículo 37. Objeto de la modalidad de ayuda. Beneficiarias.
1. E
l objeto de esta modalidad de ayuda es financiar proyectos de investigación industrial
o desarrollo experimental realizados por pymes startups, en la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
2. Tendrá la consideración de startup: toda pyme emergente; que no tenga más de 48 meses
de actividad computados desde la fecha de constitución según el apartado 17) del anexo
I hasta la fecha de solicitud de estas ayudas; cuyo modelo de negocio se apoye en la tecnología y el conocimiento, asociados a la innovación y al desarrollo de tecnologías; que
buscan arrancar, emprender o crear un nuevo negocio de acelerado crecimiento en base
al desarrollo de una idea que sirva para generar un producto nuevo o mejorar de forma
ostensible uno ya existente en el mercado, bajo condiciones de alto riesgo tecnológico.
3. T
endrán también la condición de beneficiarias, excepto las startup de estudiantes que
estarán excluidas de estas ayudas, las pymes que hayan sido calificadas como empresas
innovadoras emergentes en la categoría de startup, al amparo de la Ley 28/2022, de 21 de
diciembre, de fomento del ecosistema de empresas emergentes. Las pymes a las que se
refiere este apartado estarán exentas de acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos en el apartado 2 de este artículo.
Artículo 38. Requisitos adicionales.
Además de los requisitos generales del proyecto a los que se refiere el artículo 5, deberán
cumplirse los siguientes:
1. L
a pyme beneficiada deberá implicar en el proyecto, al menos, a un investigador. No obstante, cuando no dispongan en plantilla, ni pretenda contratar a personal investigador,
Lunes 19 de junio de 2023
38134
especialidad de formación profesional acorde con el objeto de proyecto y las actividades a
desarrollar en el mismo; podrán imputar un máximo del 50% de su jornada laboral y de
tres auxiliares con estas características. Las horas de trabajo que impute este personal, no
se computarán a los efectos del número máximo de 1000 horas al que se refiere el párrafo
anterior.
No serán subvencionables los gastos de personal auxiliar cuando se realicen por socios o
miembros de los órganos de administración de la empresa.
SECCIÓN 3.ª MODALIDAD III. PROYECTOS REALIZADOS POR PYMES STARTUPS
Artículo 37. Objeto de la modalidad de ayuda. Beneficiarias.
1. E
l objeto de esta modalidad de ayuda es financiar proyectos de investigación industrial
o desarrollo experimental realizados por pymes startups, en la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
2. Tendrá la consideración de startup: toda pyme emergente; que no tenga más de 48 meses
de actividad computados desde la fecha de constitución según el apartado 17) del anexo
I hasta la fecha de solicitud de estas ayudas; cuyo modelo de negocio se apoye en la tecnología y el conocimiento, asociados a la innovación y al desarrollo de tecnologías; que
buscan arrancar, emprender o crear un nuevo negocio de acelerado crecimiento en base
al desarrollo de una idea que sirva para generar un producto nuevo o mejorar de forma
ostensible uno ya existente en el mercado, bajo condiciones de alto riesgo tecnológico.
3. T
endrán también la condición de beneficiarias, excepto las startup de estudiantes que
estarán excluidas de estas ayudas, las pymes que hayan sido calificadas como empresas
innovadoras emergentes en la categoría de startup, al amparo de la Ley 28/2022, de 21 de
diciembre, de fomento del ecosistema de empresas emergentes. Las pymes a las que se
refiere este apartado estarán exentas de acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos en el apartado 2 de este artículo.
Artículo 38. Requisitos adicionales.
Además de los requisitos generales del proyecto a los que se refiere el artículo 5, deberán
cumplirse los siguientes:
1. L
a pyme beneficiada deberá implicar en el proyecto, al menos, a un investigador. No obstante, cuando no dispongan en plantilla, ni pretenda contratar a personal investigador,