Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Ganadería. Subvenciones. (2023062385)
Extracto de la Resolución de 24 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se establece para el ejercicio 2023, la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de razas autóctonas españolas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 115
Viernes 16 de junio de 2023
37945
EXTRACTO de la Resolución de 24 de mayo de 2023, de la Secretaría
General, por la que se establece para el ejercicio 2023, la convocatoria de
subvenciones destinadas al fomento de razas autóctonas españolas, en la
Comunidad Autónoma de Extremadura. (2023062385)
BDNS(Identif.):702799
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8. a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura se publica el extracto
de las subvenciones destinadas al fomento de razas autóctonas españolas en la Comunidad
Autónoma de Extremadura, cuyo texto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Objeto.
Ayudas en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, reguladas por el
Real Decreto 1625/2011 de 14 de noviembre (BOE n.º 295, de 8 de diciembre de 2011) por el
que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de razas
autóctonas españolas, modificado por Real Decreto 181/2015, de 13 de marzo (BOE n.º 63,
de 14 de marzo de 2015) y por el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero (BOE n.º 52 de 1
de marzo de 2019).
Segundo. Beneficiarios.
Asociaciones de ganaderos reconocidas por la Dirección General de Agricultura y Ganadería,
que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2 del Real Decreto 1625/2011, de 14 de
noviembre (BOE n.º 295, de 8 de diciembre de 2011) modificado por Real Decreto 181/2015,
de 13 de marzo (BOE n.º 63, de 14 de marzo de 2015) y por el Real Decreto 45/2019, de 8
de febrero (BOE n.º 52, de 1 de marzo de 2019).
Tercero. Bases reguladoras.
Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre (BOE n.º 295, de 8 de diciembre de 2011) por
el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de razas autóctonas españolas, modificado por Real Decreto 181/2015 de 13 de marzo (BOE n.º
63, de 14 de marzo de 2015) y por el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero (BOE n.º 52, de
1 de marzo de 2019).
Cuarto. Cuantía.
Las ayudas a que se refiere la presente convocatoria serán financiadas con cargo a la aplicación presupuestaria 120020000 G/312B/78900 TE31002005 20070044, con una dotación ini-
Viernes 16 de junio de 2023
37945
EXTRACTO de la Resolución de 24 de mayo de 2023, de la Secretaría
General, por la que se establece para el ejercicio 2023, la convocatoria de
subvenciones destinadas al fomento de razas autóctonas españolas, en la
Comunidad Autónoma de Extremadura. (2023062385)
BDNS(Identif.):702799
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8. a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura se publica el extracto
de las subvenciones destinadas al fomento de razas autóctonas españolas en la Comunidad
Autónoma de Extremadura, cuyo texto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Objeto.
Ayudas en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, reguladas por el
Real Decreto 1625/2011 de 14 de noviembre (BOE n.º 295, de 8 de diciembre de 2011) por el
que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de razas
autóctonas españolas, modificado por Real Decreto 181/2015, de 13 de marzo (BOE n.º 63,
de 14 de marzo de 2015) y por el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero (BOE n.º 52 de 1
de marzo de 2019).
Segundo. Beneficiarios.
Asociaciones de ganaderos reconocidas por la Dirección General de Agricultura y Ganadería,
que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2 del Real Decreto 1625/2011, de 14 de
noviembre (BOE n.º 295, de 8 de diciembre de 2011) modificado por Real Decreto 181/2015,
de 13 de marzo (BOE n.º 63, de 14 de marzo de 2015) y por el Real Decreto 45/2019, de 8
de febrero (BOE n.º 52, de 1 de marzo de 2019).
Tercero. Bases reguladoras.
Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre (BOE n.º 295, de 8 de diciembre de 2011) por
el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de razas autóctonas españolas, modificado por Real Decreto 181/2015 de 13 de marzo (BOE n.º
63, de 14 de marzo de 2015) y por el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero (BOE n.º 52, de
1 de marzo de 2019).
Cuarto. Cuantía.
Las ayudas a que se refiere la presente convocatoria serán financiadas con cargo a la aplicación presupuestaria 120020000 G/312B/78900 TE31002005 20070044, con una dotación ini-